RESOLUCION SUPREMA, N° 195-2018-JUS, PODER EJECUTIVO, JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - Acceden a solicitud de estradición pasiva de ciudadano ecuatoriano para que cumpla el resto de su condena en centro penitenciario de Ecuador-RESOLUCION SUPREMA-N° 195-2018-JUS

Fecha de disposición27 Diciembre 2018
Fecha de publicación28 Diciembre 2018
SecciónSección Única

Lima, 27 de diciembre de 2018

VISTO; el Informe Nº 165-2018/COE-TPC, del 7 de diciembre de 2018, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición pasiva con procedimiento simplificado de entrega del ciudadano ecuatoriano ERICK ALEXANDER NOLES CORAL, formulada por las autoridades judiciales de la República del Ecuador, para ser procesado por la presunta comisión del delito de asesinato, en agravio de Manuel Alberto Luna Albarracín;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú, dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados;

Que, conforme al inciso 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, concordante con el inciso 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas;

Que, mediante Resolución Consultiva del 6 de junio de 2018, la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición pasiva con procedimiento simplificado de entrega del ciudadano ecuatoriano ERICK ALEXANDER NOLES CORAL, formulada por las autoridades judiciales de la República del Ecuador, para ser procesado por la presunta comisión del delito de asesinato, en agravio de Manuel Alberto Luna Albarracín (Expediente Nº 60-2018);

Que, conforme se aprecia del Acta de la Audiencia de Control de Detención con Fines de Extradición del 14 de mayo de 2018, realizada por el Segundo Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, el requerido se acogió al procedimiento simplificado de entrega regulado en el artículo XIII del Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República del Ecuador;

Que, el literal b) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del...

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