DECRETO SUPREMO, N° 314-2018-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Aprueban Operación de Endeudamiento Externo con el BID-DECRETO SUPREMO-N° 314-2018-EF

EmisorECONOMIA Y FINANZAS
Fecha de la disposición24 de Diciembre de 2018

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el párrafo 4.1 del artículo 4 de la Ley Nº 30695, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a US$ 1 421 500 000,00 (UN MIL CUATROCIENTOS VEINTIUN MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS);

Que, como consecuencia de la reasignación realizada al amparo de lo dispuesto en el párrafo 4.3 del citado artículo 4, entre los montos de endeudamiento previstos en los literales b) de los párrafos 4.1 y 4.2 del mismo, el monto máximo de endeudamiento externo autorizado para el Año Fiscal 2018 asciende a US$ 1 721 500 000,00 (UN MIL SETECIENTOS VEINTIUN MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS) de los cuales corresponden al Sub Programa de Sectores Económicos y Sociales hasta US$ 1 273 500 000,00 (UN MIL DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS);

Que, en el marco de la citada autorización, la República del Perú acuerda una operación de endeudamiento externo con el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, hasta por US$ 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente el Proyecto de Mejoramiento de los Servicios de Control Gubernamental para un Control Efectivo, Preventivo y Facilitador de la Gestión Pública;

Que, la citada operación de endeudamiento externo se efectúa con cargo al Sub Programa Sectores Económicos y Sociales, establecido en el literal a) del párrafo 4.1 del artículo 4 de la Ley Nº 30695;

Que, la referida operación de endeudamiento contempla el instrumento financiero denominado “Facilidad de Conversión de Moneda”, el cual faculta a la República del Perú a solicitar la conversión de los desembolsos o del saldo adeudado del préstamo, a Soles, con la correspondiente modificación de las condiciones financieras de la operación;

Que, en adición, la citada operación de endeudamiento externo también contempla el instrumento financiero denominado “Facilidad de Conversión de Tasa de Interés”, el cual permite cambiar una parte o la totalidad de los saldos adeudados de los...

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