ORDENANZA.Nº 339-MDCH y Acuerdo Nº 558.Ordenanza que establece el monto a pagar por derechos de emisión mecanizada de la hoja de liquidación de los arbitrios municipales de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines públicos y serenazgo para el Año Fiscal 2019.SEPARATA ESPECIAL Domingo 23 de diciembre de 2018 AÑO DEL DIÁLOGO Y LA RECONCILIACIÓN NACIONAL MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS ORDENANZA Nº 339-MDCH ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO A PAGAR POR DERECHOS DE EMISIÓN MECANIZADA DE LA HOJA DE LI... -

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición23 de Diciembre de 2018

Año del Diálogo y la Reconciliación Nacional

MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE chorrillos

ORDENANZA Nº 339-MDCH

Ordenanza que establece el monto a pagar por derechos de emisión mecanizada de la hoja de liquidación de los arbitrios municipales de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines públicos y serenazgo

para el Año Fiscal 2019

ACUERDO DE CONCEJO Nº 558

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

separata especial

Domingo 23 de diciembre de 2018

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

ACUERDO DE CONCEJO

Nº 558

Lima, 6 de diciembre de 2018

Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 06 de diciembre de 2018, el Oficio N° 001-090-00009296 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria–SAT, del 30 de noviembre de 2018, mediante el cual remite el expediente de ratificación de la Ordenanza N° 339-MDCH que aprueba el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución a domicilio de la declaración jurada y liquidación del impuesto predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2019 en el distrito de Chorrillos; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad.

Que, en aplicación de lo normado por Ordenanza Nº 2085 , que aprueba el procedimiento de ratificación de ordenanzas tributarias distritales en la provincia de Lima; la misma que sustituyó la Ordenanza N° 1533, publicadas el 05 de abril de 2018 y el 27 de junio de 2011, respectivamente, la Municipalidad Distrital recurrente aprobó la Ordenanza materia de la ratificación, remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, con carácter de Declaración Jurada, y la citada entidad en uso de sus competencias y atribuciones, previa revisión y estudio, emitió el Informe N° 266-181-00000799, opinando que procede la ratificación solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables, de conformidad con la Ordenanza Nº 2085, y la Directiva Nº 001-006-00000015, publicada el 30 de junio de 2011; debiéndose efectuar las publicaciones pertinentes en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional.

Que, los ingresos que la citada Municipalidad Distrital prevé percibir, producto de la emisión mecanizada del impuesto predial y de arbitrios municipales, cubren el 99.99% de los costos incurridos en la prestación de los referidos servicios.

De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización, en el Dictamen Nº 224-2018-MML/CMAEO.

ACORDO:

Articulo Primero Ratificar la Ordenanza N° 339-MDCH que aprueba el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución a domicilio de la declaración jurada y liquidación del impuesto predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2019 en el distrito de Chorrillos.
Artículo Segundo El presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación, así como del texto íntegro de la Ordenanza ratificada, y sus anexos que contienen los cuadros de estructura de costos y estimación de ingresos, respectivamente

La aplicación de la Ordenanza, materia de la presente ratificación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha Municipalidad Distrital.

Articulo Tercero Cumplido el citado requisito de publicación, el Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, a través de su página web www.sat.gob.pe hará de conocimiento público el presente Acuerdo y el informe del Servicio de Administración Tributaria de Lima-SAT.

Registrese, comuniquese y cumplase.

LUIS CASTAÑEDA LOSSIO

Alcalde de Lima

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS

ORDENANZA Nº 339-MDCH

Chorrillos, 14 de noviembre de 2018

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS

POR CUANTO

El Concejo Municipal Distrital de Chorrillos, en sesión Ordinaria de la fecha, 14 de Noviembre del 2018, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II y del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 señala que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico.

Que, el artículo 74° de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales a través de ordenanzas pueden crear, modificar y suprimir o exonerar de los arbitrios, tasa, licencias, derechos y contribuciones, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley.

Que, la Municipalidad Distrital de Chorrillos a través de la Ordenanza N° 282/MDCH, en sesión de Concejo de fecha 29 de octubre 2015, estableció el marco legal del que Establece el monto por derecho de emisión mecanizada de las hojas de liquidación de arbitrios Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, parques y jardines y serenazgo correspondiente al ejercicio 2016, ratificada por la Municipalidad Metropolitana de Lima por Acuerdo de Concejo N° 414 de fecha 17 de diciembre de 2015, publicado en el Diario oficial El Peruano el 26 de diciembre 2015.

Que, la Municipalidad Distrital de Chorrillos a través de la Ordenanza Nº 294-MDCH, de fecha 29 de setiembre de 2016, estableció la prórroga de la Ordenanza Nª 282-Mdch, referidos a los montos de Derecho de Emisión Mecanizada de la Hoja de Liquidación de Arbitrios Municipales del ejercicio 2016. El cual se mantendrá los mismos montos consignados por dos años consecutivos.

Que estando a lo expuesto al informe Nº1608-2018-GAJ-MDCH, mediante el cual, la Gerencia de Asesoría Jurídica expresa su conformidad con la presente Ordenanza y en uso de las facultades concedidas por el inciso 8) del Artículo 9º, concordante con el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal con dispensa de lectura y aprobación del acta por Unanimidad aprobó, la siguiente:

ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO A PAGAR POR DERECHOS DE EMISION MECANIZADA DE LA HOJA DE LIQUIDACION DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE BARRIDO DE CALLES, RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDOS, PARQUES Y JARDINES PUBLICOS Y SERENAZGO PARA EL AÑO FISCAL 2019.

Artículo Primero Aprobar la Emisión Mecanizada de la Hoja de Liquidación de los arbitrios municipales de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines Serenazgo para el año fiscal 2019.
Artículo Segundo DETERMINACION DE LOS DERECHOS DE EMISION MECANIZADA DE LA HOJA DE LIQUIDACION DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE BARRIDO DE CALLES, RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDOS, PARQUES Y JARDINES PUBLICOS Y SERENAZGO PARA EL AÑO FISCAL 2019.

Determínese en S/ 0.5092 (cero y 5092/100 soles) el monto por concepto de derecho de Emisión Mecanizada de la Hoja de Liquidación de los arbitrios municipales de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo para el año fiscal 2019.

Artículo Tercero Aprobar la estructura de costos y estimación de ingresos del derecho de emisión mecanizada liquidación de los arbitrios municipales de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo para el año fiscal 2019.
Artículo Cuarto Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas, la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria y la sub Gerencia de informática, el cumplimiento de la presente ordenanza.
DISPOSICIONES TRANSITORIA Y FINALES

Primera.- FACULTADES REGLAMENTARIAS

Facúltese Al Señor Alcalde para que mediante de Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza.

Segunda.- VALIDEZ DE VIGENCIA

La presente Ordenanza entrará en vigencia el 01 de enero del 2019, previa publicación en el Diario Oficial El Peruano, conjuntamente con la Estructura de Costos, el Informe Técnico, así como el Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima que la ratifique.

Tercera.- Disponer que la información de la ordenanza se publique, en la página web de la Municipalidad de Chorrillos (www.munichorrillos.gob.pe), así como en la página web del SAT (www.sat.gob.pe) de conformidad con lo previsto en la Ordenanza Nº 2085 MML.

Cuarta.- DERÓGUESE la Ordenanza Nº333-MDCH.

Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase.

AUGUSTO MUYASHIRO YAMASHIRO

Alcalde

INFORME TÉCNICO “DETERMINACIÓN DE COSTOS DE LA EMISIÓN MECANIZADA DE LA HOJA DE LIQUIDACIÓN DE ARBITRIOS CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2019”

Chorrillos, noviembre del 2018

PRESENTACION

El presente Informe Técnico constituye el cumplimiento del compromiso...

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