RESOLUCION, Nº 2115-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Revocan resolución en el extremo que dispuso la exclusión de candidato a gobernador del Gobierno Regional de Amazonas-RESOLUCION-Nº 2115-2018-JNE

EmisorJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fecha de la disposición 8 de Diciembre de 2018

Expediente Nº ERM.2018023914

AMAZONAS

JEE CHACHAPOYAS (ERM.2018002375)

ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, catorce de agosto de dos mil dieciocho

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por José Luis Espínola Bacilio, personero legal titular de la organización política Alianza para el Progreso, en contra de la Resolución Nº 00326-2018-JEE-CHAC/JNE, del 26 de julio de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Chachapoyas, en el extremo que dispuso la exclusión de Miguel Catalino Reyes Contreras, candidato a gobernador del Gobierno Regional de Amazonas, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018; y oído el informe oral.

ANTECEDENTES

El Jurado Electoral Especial de Amazonas (en adelante, JEE), mediante la Resolución Nº 00275-2018-JEE-CHAC/JNE, de fecha 19 de julio de 2018, corrió traslado al personero legal titular de la organización política del procedimiento de exclusión iniciado contra los candidatos Miguel Catalino Reyes Contreras y José Baldomero Carrera Abanto, en el cual se realizaron las siguientes observaciones:

a) El candidato a gobernador regional, Miguel Catalino Reyes Contreras, omitió consignar información en el ítem VI de su declaración jurada de hoja de vida.

b) El candidato a consejero regional, José Baldomero Carrera Abanto, omitió consignar información en el ítem VI de su declaración jurada de hoja de vida.

Mediante escritos presentados el 21 de julio de 2018, el personero legal de la organización política señaló que, por un error involuntario, no consignó la relación de sentencias impuestas a los candidatos Miguel Catalino Reyes Contreras y José Baldomero Carrera Abanto, en tanto interpretó que tenía que declarar los casos en donde el ciudadano sentenciado no ha sido rehabilitado. Posteriormente, el 29 de julio de 2018, la organización política solicitó la anotación marginal de las sentencias impuestas a los citados candidatos.

Por Resolución Nº 00326-2018-JEE-CHAC/JNE, de fecha 26 de julio de 2018, el JEE ordenó la exclusión de los candidatos Miguel Catalino Reyes Contreras y José Baldomero Carrera Abanto, por no haber consignado en sus hojas de vida toda la información referente a las sentencias condenatorias firmes que le fueron impuestas.

El 1 de agosto de 2018, el personero legal interpuso...

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