RESOLUCION, N° 2094-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Confirman resolución que declaró fundada tacha interpuesta contra inscripción de candidato a alcalde para el Concejo Distrital de Santa Catalina de Mossa, provincia de Morropón, departamento Piura-RESOLUCION-N° 2094-2018-JNE

Fecha de disposición06 Diciembre 2018
Fecha de publicación06 Diciembre 2018
SecciónSección Única

Expediente Nº ERM.2018022734

SANTA CATALINA DE MOSSA - MORROPÓN -

PIURA

JEE MORROPÓN (ERM.2018021737)

ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, catorce de agosto de dos mil dieciocho

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Wilmer Choquehuanca López en contra de la Resolución Nº 00356-2018-MORR/JNE, del 24 de julio de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Morropón, que declaró fundada la tacha interpuesta contra la inscripción de Juan Jiménez Cruz, candidato a alcalde para el Concejo Distrital de Santa Catalina de Mossa, provincia de Morropón, departamento de Piura, por la organización política Partido Democrático Somos Perú, en el marco del proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2018; y oído el informe oral.

ANTECEDENTES

Inscripción del candidato Juan Jiménez Cruz

El 19 de junio de 2018, Wilmer Choquehuanca López, personero legal titular de la organización política Partido Democrático Somos Perú, acreditado ante el Jurado Electoral Especial de Morropón (en adelante, JEE), presentó su solicitud de inscripción de la lista de candidatos al Concejo Distrital de Santa Catalina de Mossa, provincia de Morropón, departamento de Piura.

Mediante la Resolución Nº 00298-2018-JEE-MORR/JNE, del 16 de julio de 2018, el JEE admitió la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Santa Catalina de Mossa de la aludida organización política. Dicha lista incluyó como candidato a alcalde al señor Juan Jiménez Cruz.

Tacha interpuesta y lo resuelto por el Jurado Electoral Especial de Morropón

El 20 de julio de 2018, Carlos Agripino Chuica Merino formuló tacha contra el candidato a alcalde Juan Jiménez Cruz, conforme a los siguientes argumentos:

  1. El candidato tachado señala expresamente en el ítem III sobre formación académica, de la declaración jurada de hoja de vida que cuenta con estudios secundarios concluidos, sin embargo, solo tiene el primer año de educación secundaria cursado en la Institución Educativa Alfonso Ugarte del Caserío de Ñoma, distrito de Chalaco, Provincia de Morropón.

  2. El artículo 14.2 de la Resolución Nº 0082-2018-JNE, Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales (en adelante, Reglamento), establece que una vez que el candidato presenta su inscripción ante el JEE, ya no puede pedir que se le deje modificar la información consignada en su hoja de vida, estos supuestos fácticos constituyen serias infracciones al ordenamiento jurídico electoral.

    Mediante escrito presentado el 21 de julio de 2018, el personero legal de la organización política absolvió la tacha formulada, con los siguientes...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR