RESOLUCION, Nº 2015-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Confirman resolución que declaró improcedente solicitud de inscripción de candidato para el cargo de alcalde del Concejo Distrital de La Jalca, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas-RESOLUCION-Nº 2015-2018-JNE

Fecha de disposición04 Diciembre 2018
Fecha de publicación04 Diciembre 2018
SecciónSección Única

Expediente N° ERM.20180024379

LA JALCA - CHACHAPOYAS - AMAZONAS

JEE CHACHAPOYAS (ERM.2018008652)

ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, ocho de agosto de dos mil dieciocho.

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Rocío Isabel Santa Cruz Vera, personera legal alterna de la organización política Movimiento Independiente Surge Amazonas, en contra de la Resolución N° 00343-2018-JEE-CHAC/JNE, de fecha 30 de julio de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Chachapoyas, que declaró improcedente la solicitud de inscripción del candidato Manuel Ángel Rojas Huamán, para el cargo de alcalde del Concejo Distrital de La Jalca, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018.

ANTECEDENTES

Mediante el Oficio N° 3784-2018-P-CSJAM-PJ, de fecha 25 de julio del 2018, el presidente de la Corte Superior de Justicia de Amazonas informó al Jurado Electoral Especial de Chachapoyas (en adelante, JEE) que el candidato a alcalde Manuel Ángel Rojas Huamán, cuenta con dos antecedentes penales por los delitos de hurto simple, y contra los bosques y recursos.

Frente a ello, el JEE, por medio de la Resolución N° 00343-2018-JEE-CHAC/JNE, de fecha 30 de julio del 2018, declaró improcedente la solicitud de inscripción del candidato a alcalde Manuel Ángel Rojas Huamán, debido a la omisión de información en la declaración jurada de hoja de vida respecto a la relación de sentencias confirmatorias firmes por delitos dolosos, que incluye las sentencias con reserva de fallo condenatorio.

El 2 de agosto de 2018, Rocío Isabel Santa Cruz Vera, personera legal de la organización política Movimiento Independiente Surge Amazonas, interpuso recurso de apelación en contra de la Resolución N° 00343-2018-JEE-CHAC/JNE de fecha 30 de julio del 2018, en el extremo que declaró improcedente la solicitud de inscripción de Manuel Ángel Rojas Huamán, alegando que, por parte de la organización política, se realizó la verificación de información aportada por los candidatos a través de la consulta en la Ventanilla Única del Jurado Nacional de Elecciones, aplicativo que no indicó el registro de sentencias condenatorias; así mismo, debe estimarse que el candidato actualmente mantiene la condición de rehabilitado.

CONSIDERANDOS

Sobre la calificación de las solicitudes de inscripción de lista de candidatos

  1. El artículo 31 de la Constitución Política del Perú si bien reconoce el derecho de los ciudadanos a ser elegidos a cargos de elección popular, también establece que este derecho debe ser ejercido de acuerdo con las condiciones y procedimientos establecidos por ley orgánica. En esta medida el ejercicio del derecho a la participación política en su vertiente pasiva se encuentra condicionado al cumplimiento de determinadas normas preestablecidas.

  2. El artículo 23, numeral 23.3, de la Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas (en adelante, LOP), establece como obligación de que los candidatos a cargos de elección popular presenten una declaración jurada de vida que contenga, entre otros datos, la relación de sentencias condenatorias firmes impuestas al candidato por delitos dolosos, la que incluye las sentencias con reserva de fallo condenatorio, así como la relación de sentencias que declaren fundadas las demandas interpuestas contar los candidatos por incumplimiento de obligaciones familiares o alimentarias, contractuales, laborales o por incurrir en violencia familiar, que hubieran quedado firmes, (incisos 5 y 6 del tercer párrafo), ello en concordancia con los preceptos recogidos en los literales i y j del artículo 10 del Reglamento de Inscripción de la Lista de Candidatos para elecciones Municipales aprobado por Resolución N°...

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