RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 498-2018-MC, PODER EJECUTIVO, CULTURA - Aceptan donación para financiar las actividades de preservación y conservación de la Pirámide del Sector B de la Zona Arqueológica Mangomarca-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 498-2018-MC

EmisorCULTURA
Fecha de la disposición30 de Noviembre de 2018

Lima, 30 de noviembre de 2018

VISTO, el Memorando Nº 900568-2018/OGPP/SG/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, mediante Resolución Ministerial Nº 501-2017-MC de fecha 26 de diciembre de 2017, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de gastos correspondiente al Año Fiscal 2018 del Pliego 003: Ministerio de Cultura;

Que, el literal a) del numeral 42.1 del artículo 42 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad cuando provengan de fuentes de financiamiento distintas a las de Recursos Ordinarios que se produzcan durante el año fiscal;

Que, asimismo, el artículo 69 del TUO establece que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad, debiendo ser publicadas en el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias; y en el caso de montos inferiores, la referida Resolución se publicará obligatoriamente dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de aprobada, en la página web de la entidad, bajo responsabilidad;

Que, el acápite ii) del numeral 19.2 y el numeral 19.3 del artículo 19 de la Directiva N° 005-2010-EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y sus modificatorias, establece que son procedentes las modificaciones presupuestarias en el Nivel Institucional por incorporación de mayores fondos públicos de acuerdo a lo establecido en el numeral 42.1 del artículo 42 de la Ley, cuando se trate de recursos provenientes de saldos de balance y donaciones y transferencias, para lo cual se utiliza el Modelo N° 04/GN contenido en la misma;

Que, el numeral 25.1 del artículo 25 de la citada Directiva, señala que dado el carácter financiero del Presupuesto...

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