RESOLUCION, N° 283-2018-MINEDU, PODER EJECUTIVO, EDUCACION - Declaran ilegal el Paro Nacional de Docentes llevado a cabo el día 28 de noviembre de 2018-RESOLUCION-N° 283-2018-MINEDU

EmisorEDUCACION
Fecha de la disposición29 de Noviembre de 2018

Lima, 29 de noviembre 2018

VISTO: el Expediente DIGEGED2018-INT-0231988, el Memorándum N° 574-2018-MINEDU/VMGI-DIGEGED, el Informe Técnico N° 001-2018-MINEDU/VMGI-DIGEGED-DIRI-EGI, el Oficio N° 2357-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD, el Informe N° 950-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, el Informe N° 1244-2018-MINEDU/SG-OGAJ, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Informe Técnico N° 001-2018-MINEDU/VMGI-DIGEGED-DIRI-EGI de fecha 29 de noviembre de 2018, la Dirección de Relaciones Intergubernamentales del Ministerio de Educación remite el reporte del paro nacional de docentes, en el que se evidencia que aproximadamente el 2.6% de los docentes a nivel nacional habrían acatado la paralización de fecha 28 de noviembre de 2018;

Que, el artículo 20 del Decreto Supremo N° 017-2007-ED, Reglamento de la Ley N° 28988, Ley que Declara la Educación Básica Regular como Servicio Público Esencial, en adelante el Reglamento, señala que, “la huelga será declarada ilegal por la Dirección Regional de Educación si es a nivel regional; o, por el Ministerio de Educación, si es a nivel nacional: a) si se materializa sin que la respectiva Organización Gremial haya comunicado la declaración de huelga a la instancia de gestión educativa descentralizada; b) si se materializa no obstante haber sido declarada improcedente; c) por haberse producido, con ocasión de ella, tomas de local, obstrucción de vías o carreteras y violencia sobre bienes o personas; d) por incurrirse en cualquier forma irregular de suspensión del servicio educativo como paros o cualquier otro tipo de interrupción del referido servicio, por decisión unilateral del personal directivo, jerárquico, docente, auxiliar de educación, administrativo y de servicio, de las Instituciones Educativas Públicas de la Educación Básica Regular, cualquiera sea la denominación que se le dé, que no constituya el ejercicio del derecho de Huelga declarada de acuerdo al presente Reglamento; e) por no cumplir los respectivos gremios con garantizar la permanencia del personal directivo de las Instituciones Educativas Públicas de la Educación Básica Regular, necesario para asegurar la continuidad de los servicios y...

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