DECRETO SUPREMO, N° 275-2018-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Aprueban Escala Remunerativa para el personal profesional científico del Instituto Geofísico del Perú que cumple funciones de investigación especializada en el campo de la geofísica y dictan otra disposición-DECRETO SUPREMO-N° 275-2018-EF .

Fecha de publicación29 Noviembre 2018
Fecha de disposición29 Noviembre 2018

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a realizar un estudio integral a fin de establecer la carrera especial y la política remunerativa para el personal profesional científico del Instituto Geofísico del Perú, que cumple funciones de investigación especializada en el campo de la geofísica;

Que, asimismo, la citada Disposición establece que el monto de los ingresos del personal profesional científico del Instituto Geofísico del Perú, que cumple funciones de investigación especializada en el campo de la geofísica, en el marco de la política remunerativa determinada, se aprobará en estricta observancia de la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, para dicho efecto exonera al Instituto Geofísico del Perú de los artículos 6 y 9 de la Ley N° 30693;

Que, el párrafo 1 de la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las escalas remunerativas y beneficios de toda índole, así como los reajustes de las remuneraciones y bonificaciones que fueran necesarios durante el Año Fiscal para los pliegos presupuestarios comprendidos dentro de los alcances de la Ley General, se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, a propuesta del Titular del Sector;

Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 136, Ley del Instituto Geofísico del Perú, el Instituto Geofísico del Perú tiene por finalidad la investigación científica, la enseñanza y la capacitación, la prestación de servicios, y la realización de estudios y proyectos; en las diversas áreas de la geofísica;

Que, el personal profesional científico del Instituto Geofísico del Perú que cumple funciones de investigación especializada en el campo de la geofísica, se encuentra comprendido en el régimen laboral de la actividad privada, de conformidad con el artículo 18 del Decreto Legislativo N° 136, Ley del Instituto Geofísico del Perú; asimismo, se...

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