DECRETO SUPREMO, N° 033-2018-EM, PODER EJECUTIVO, ENERGIA Y MINAS - Aprueban modificación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 95-DECRETO SUPREMO-N° 033-2018-EM .

EmisorENERGIA Y MINAS
Fecha de la disposición29 de Noviembre de 2018

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, es política del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas, sobre la base de la libre competencia;

Que, mediante el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-EM, se regulan las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional;

Que, el artículo 12 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-EM, establece que los Contratos, una vez aprobados y suscritos, sólo podrán ser modificados por acuerdo escrito entre las partes; y que las modificaciones serán aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas y de Energía y Minas, dentro del plazo establecido en el artículo 11 de dicho dispositivo legal;

Que, PERUPETRO S.A. y HARKEN DEL PERÚ LIMITADA, SUCURSAL DEL PERÚ, celebraron un Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 95 que, conforme a Ley, fue aprobado por Decreto Supremo N° 010-2005-EM, de fecha 17 de marzo de 2005, y elevado a Escritura Pública con fecha 07 de abril de 2005, ante el Notario de Lima Eduardo Laos de Lama;

Que, mediante Decreto Supremo N° 050-2011-EM, de fecha 28 de diciembre de 2011, se aprobó la cesión de posición contractual en el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 95, del sesenta por ciento (60%) de participación en el Contrato, por parte de HARKEN DEL PERÚ LIMITADA, SUCURSAL DEL PERÚ, a favor de GRAN TIERRA ENERGY PERÚ S.R.L.; así como la modificación del citado contrato, derivada de dicha cesión;

Que, la citada modificación refiere al establecimiento como garantes corporativos de GLOBAL ENERGY DEVELOPMENT PLC y GRAN TIERRA ENERGY INC., respecto de HARKEN DEL PERÚ LIMITADA, SUCURSAL DEL PERÚ y GRAN TIERRA ENERGY PERÚ S.R.L, respectivamente;

Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2013-EM, de fecha 22 de enero de 2013, se aprobó la cesión de posición contractual en el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 95, del cuarenta por ciento (40%) de participación en el Contrato, por parte de HARKEN DEL PERÚ LIMITADA, SUCURSAL DEL PERÚ, a favor de GRAN TIERRA ENERGY PERÚ S.R.L.; así como...

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