ORDENANZA, Nº 147-2018-CR/GRC.CUSCO, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO - Aprueban Cuadro para Asignación de Personal Provisional CAP - P de la Dirección Regional de Salud Cusco y sus Órganos Desconcentrados-ORDENANZA-Nº 147-2018-CR/GRC.CUSCO

Fecha de disposición28 Noviembre 2018
Fecha de publicación28 Noviembre 2018

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO

REGIONAL DE CUSCO

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco, en la Décimo Sexta Sesión Ordinaria de fecha doce de noviembre del año dos mil dieciocho, ha debatido y aprobado el Dictamen Nº 004-2018-CR/GRC.CUSCO/COSS, emitido por la Comisión Ordinaria de Salud y Salubridad, sobre el Proyecto de Ordenanza Regional que propone “APROBAR EL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL CAP – P, DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD CUSCO Y SUS ÓRGANOS DESCONCENTRADOS DEL SECTOR SALUD DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO”; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191º modificado por el artículo único de la Ley Nº 30305, publicada el 10 de marzo de 2015, reconoce que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Autonomía que es delimitada, por el artículo 8º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, como el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia;

Que, de otro lado la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en su artículo 2º señala que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, administrativa y económica en asuntos de su competencia y constituye un pliego presupuestal para su administración económica y financiera;

Que, el literal a. del Artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, establece claramente como atribución del Consejo Regional: “a. Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (. ..)”;

Que, el Artículo 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, señala que: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Una vez aprobadas por el Consejo Regional son remitidas a la Presidencia Regional para su promulgación en un plazo de 10 días naturales”;

Que, mediante Informe Nº 3819-2018-GR CUSCO/DRSC-OGRH/UPR de noviembre del 2018, la Dirección Regional de Salud Cusco, remite a la Sede Central del Gobierno Regional del Cusco la propuesta de Cuadro para Asignación de Personal – CAP Provisional de la Dirección Regional de Salud Cusco y de sus Órganos Desconcentrados, adjuntan a ello (01) ANILLADO, para que sea tramitado de acuerdo a Ley;

Que, a través del Oficio Nº 886-21018-SERVIR/PE de fecha 26 de octubre de 2018, el Presidente Ejecutivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil remitió a la Dirección Regional de Salud Cusco el Informe Técnico Nº 202-2018-SERVIR /GDSRH, por el cual la Gerente de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil...

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