RESOLUCION, Nº 1810-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Revocan resolución en extremo que declaró improcedente solicitud de inscripción de candidato para el Concejo Distrital de Kishuará, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac-RESOLUCION-Nº 1810-2018-JNE

Fecha de disposición20 Noviembre 2018
Fecha de publicación20 Noviembre 2018

Expediente N° ERM.2018022755

KISHUARÁ - ANDAHUAYLAS - APURÍMAC

JEE ANDAHUAYLAS (ERM.2018005059)

ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, seis de agosto de dos mil dieciocho.

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Enrique Claudio Flores Vivanco, personero legal titular de la organización política Alianza para el Progreso, en contra de la Resolución N° 00175-2018-JEE-ANDA/JNE, del 5 de julio de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Andahuaylas, en el extremo que declaró improcedente la solicitud de inscripción del candidato a regidor Cicilio Ccorisoncco Sopanta para el Concejo Distrital de Kishuará, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac, presentada por la citada organización política, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018; y oído el informe oral.

ANTECEDENTES

El 18 de junio de 2018, el personero legal titular de la organización política Alianza para el Progreso presentó al Jurado Electoral Especial de Andahuaylas (en adelante, JEE) la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Kishuará, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac, para participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2018.

Posteriormente, mediante Resolución N° 00100-2018-JEE-ANDA/JNE, del 22 de junio de 2018, el JEE declaró inadmisible la referida solicitud, a fin de que se presente el original o copia legalizada de los documentos que acrediten que el candidato a regidor Cicilio Ccorisoncco Sopanta domicilia dos (2) años continuos en la circunscripción a la que postula.

Así, el 3 de julio de 2018, la organización política presentó su escrito de subsanación adjuntando el certificado domiciliario emitido por el juez de paz del Centro Poblado de Rosaspata, distrito de Kishuará, del candidato Cicilio Ccorisoncco Sopanta, cuya dirección domiciliaria coincide con el distrito por el que postula.

Por medio de la Resolución N° 00175-2018-JEE-ANDA/JNE, del 5 de julio de 2018, el JEE declaró, entre otros, improcedente la candidatura de Cicilio Ccorisoncco Sopanta, debido a que la certificación domiciliaria presentada no puede ser considerada como instrumento idóneo o suficiente para tener por acreditado el requisito de domicilio por un periodo mínimo de dos (2) años.

En vista de ello, el...

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