RESOLUCION, Nº 1719-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Revocan resolución que declaró improcedente solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Distrital de Pueblo Nuevo, provincia de Chincha, departamento de Ica-RESOLUCION-Nº 1719-2018-JNE
Fecha de disposición | 17 Noviembre 2018 |
Fecha de publicación | 17 Noviembre 2018 |
Sección | Sección Única |
Expediente N° ERM.2018021914
PUEBLO NUEVO – CHINCHA–ICA
JEE CHINCHA (ERM.2018006280)
ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018
RECURSO DE APELACIÓN
Lima, tres de agosto de dos mil dieciocho
VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Eleazar Sinclayr Soldevilla Magallanes, personero legal titular de la organización política Unidos por la Región, en contra de la Resolución N° 206-2018-JEE-CHINCHA/JNE, del 29 de junio de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Chincha, que declaró improcedente su solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Pueblo Nuevo, provincia de Chincha, departamento de Ica, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018; y oído el informe oral.
ANTECEDENTES
El 18 de junio de 2018, Eleazar Sinclayr Soldevilla Magallanes, personero legal titular de la organización política Unidos por la Región, reconocido ante el Jurado Electoral Especial de Chincha (en adelante, JEE), presentó su solicitud de inscripción de la lista de candidatos al Concejo Distrital de Pueblo Nuevo, provincia de Chincha, departamento de Ica.
Mediante la Resolución N° 00106-2018-JEE-CHINCHA/JNE, el JEE señaló la contravención del numeral 25.2, del artículo 25 del Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales, aprobado mediante Resolución N° 0082-2018-JNE (en adelante, Reglamento), ya que en el acta de elecciones internas debería consignarse el nombre completo y número de DNI de los candidatos elegidos, además que solo se han consignado ocho (8) postulantes a regidores, cuando lo correcto debería ser nueve (9) postulantes a regidores; por ende, declaró inadmisible la solicitud de inscripción de lista de candidatos presentada para el Concejo Distrital de Pueblo Nuevo, provincia de Chincha, departamento de Ica, de la organización política Unidos por la Región, y concede un plazo de dos (2) días calendario para que subsane las observaciones.
Con fecha, 26 de junio de 2018, el personero legal titular presentó su escrito de subsanación, donde adjuntó el Acta de Elección Interna, y señaló que hubo un error de tipeo involuntario, pues se omitió consignar al postulante David Ángel Díaz Salvatierra; asimismo, el acta contiene correctamente los nueves (9) candidatos, además de acreditar los nombres y apellidos completos con sus respectivos números de DNI.
Mediante la Resolución N° 206-2018-JEE-CHINCHA/JNE, del 29 de junio de 2018, el JEE declaró improcedente la referida solicitud de inscripción, al...
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