RESOLUCION, N° 1692-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Revocan resolución en extremo que declaró improcedente inscripción de candidatos para el Concejo Distrital de Chapimarca, provincia de Aymaraes, departamento de Apurímac, y confirman extremo que declaró improcedente inscripción de candidato-RESOLUCION-N° 1692-2018-JNE

EmisorJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fecha de la disposición16 de Noviembre de 2018

Expediente Nº ERM.2018022820

CHAPIMARCA - AYMARAES - APURÍMAC

JEE ABANCAY (ERM.2018017296)

ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, uno de agosto de dos mil dieciocho

VISTO en audiencia pública de la fecha el recurso de apelación interpuesto por Mishael Gómez Infanzón, personero legal titular de la organización política Perú Libertario, en contra de la Resolución Nº 00385-2018-JEE-ABAN/JNE, de fecha 21 de julio de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Abancay, en el extremo que declaró improcedente la inscripción de Oscar Farfán Orbegoso, Julia Eccoña Inca, Darwin Puma Contreras y Katy Irene Abalos Márquez, candidatos para el Concejo Distrital de Chapimarca, provincia de Aymaraes, departamento de Apurímac, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018; y oído el informe oral.

ANTECEDENTES

Mediante la Resolución Nº 00224-2018-JEE-ABAN/JNE, el 4 de julio del 2018, el Jurado Electoral Especial de Abancay (en adelante, JEE) declaró inadmisible la solicitud de inscripción de candidatos presentada por la organización política Perú Libertario, entre otras, por las siguientes observaciones:

  1. Los candidatos Julia Eccoña Inca, Darwin Puma Contreras, Katy Irene Abalos Márquez, candidatos a regidores para el Concejo Distrital de Chapimarca, no han firmado las declaraciones juradas de no tener deuda pendiente con el Estado ni con personas naturales por reparación civil.

  2. El candidato a alcalde Oscar Farfán Orbegoso, al consignar en su Declaración Jurada de Hoja de Vida, experiencia de trabajo en el INPE Aymaraes como agente, desde 1986 hasta la actualidad, debe presentar su licencia sin goce de haber.

    Es así que, en fecha 13 de julio del mismo año, Mishael Gómez Infanzón, personero legal titular de la organización política Perú Libertario, presentó escrito de subsanación adjuntando los medios probatorios a fin de subsanar las observaciones advertidas en la referida resolución.

    Mediante la Resolución Nº 00385-2018-JEE-ABAN/JNE, de fecha 21 de julio de 2018, el JEE declaró improcedente la solicitud de inscripción de Oscar Farfán Orbegoso, Julia Eccoña Inca, Darwin Puma Contreras, Katy Irene Abalos Márquez, candidatos para el Concejo Distrital de Chapimarca, por las siguientes razones:

  3. No cumplieron con subsanar la suscripción del documento declaración jurada de no tener deuda pendiente con el Estado ni con personas naturales por reparación civil, o...

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