RESOLUCION, N° 1711-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Confirman resolución que declaró improcedente solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Distrital de Aurahua, provincia de Castrovirreyna, departamento de Huancavelica-RESOLUCION-N° 1711-2018-JNE

Fecha de disposición16 Noviembre 2018
Fecha de publicación16 Noviembre 2018

Expediente N° ERM.2018021212

AURAHUA - CASTROVIRREYNA - HUANCAVELICA

JEE HUAYTARÁ (ERM.2018011263)

ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, tres de agosto de dos mil dieciocho.

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Isaac Huaraca Toralva, personero legal titular de la organización política Perú Libertario, contra la Resolución N° 00331-2018-JEE-HYTA/JNE de fecha 9 de julio de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huaytará, que declaró improcedente su solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Aurahua, provincia de Castrovirreyna, departamento de Huancavelica, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018; y oído el informe oral.

ANTECEDENTES

El 19 de junio de 2018, Isaac Huaraca Toralva, personero legal titular de la organización política Perú Libertario, acreditado ante el Jurado Electoral Especial de Huaytará (en adelante, JEE), presentó su solicitud de inscripción de la lista de candidatos al Concejo Distrital de Aurahua, provincia de Castrovirreyna, departamento de Huancavelica en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018.

El 22 de junio de 2018, Edwin Milton Ramírez Romero presentó ante el JEE un escrito, informando que se encuentra afiliado a la organización política Alianza para el Progreso y prestó su consentimiento para postular por esta organización política, por tanto, no firmó ningún documento de forma consentida ni mucho menos con conocimiento ficto de los hechos de inscripción por parte de la organización política Perú Libertario; en ese sentido, rechazó en todos sus extremos dicha postulación por parte de la organización política Perú Libertario.

Mediante la Resolución N° 00155-2018-JEE-HYTA/JNE, el JEE señaló la contravención del artículo 23 del Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales, aprobado por Resolución N° 0082-2018-JNE (en adelante, Reglamento), donde se señala los supuestos que acarrea la concurrencia de postulaciones, por ende, declaró inadmisible la solicitud de inscripción de lista de candidatos presentada para el Concejo Distrital de Aurahua, provincia de Castrovirreyna, departamento de Huancavelica, de la organización política Perú Libertario, y concedió un plazo de dos (2) días calendarios para que subsane las observaciones.

Mediante escrito de subsanación, del 3 de julio de 2018, el personero legal titular de la organización política Perú Libertario, alegó que el ciudadano Edwin Milton Ramírez Romero manifestó su plena voluntad y, previo diálogo, se llegó...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR