ORDENANZA, Nº 609-MSB, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA - Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad-ORDENANZA-Nº 609-MSB

Fecha de disposición15 Noviembre 2018
Fecha de publicación15 Noviembre 2018
SecciónSección Única

Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad

ORDENANZA Nº 609-MSB

San Borja, 4 de octubre de 2018

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN

BORJA

ATENDIENDO; en la XX-2018 Sesión Ordinaria de fecha 04 de octubre del 2018, el Dictamen Nº 046-2018-MSB-CAL de la Comisión de Asuntos Legales, el Dictamen Nº 036-2018-MSB-CER de la Comisión de Economía y Rentas, el Dictamen Nº 018-2018-MSB-CDU de la Comisión de Desarrollo Urbano, el Dictamen Nº 005-2018-MSB-CDHS de la Comisión de Desarrollo Humano y Salud, el Dictamen Nº 014-2018-MSB-CSCMA de la Comisión de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, el Dictamen Nº 009-2018MSB-CPV de la Comisión de Participación Vecinal, el Dictamen Nº 008-2018-MSB-CSEG de la Comisión de Seguridad, el Informe Nº 179-2018-MSB-GM-GPE de la Gerencia de Planificación Estratégica, Informe Nº 109-2018-MSB-GM-GPE-UPR de la Unidad de Planeamiento y Racionalización, los Informes Técnicos Nº 110-2018-MSB-GM-GPE-UPR, Nº 111-2018-MSB-GM-GPE-UPR, Nº 112-2018-MSB-GM-GPE-UPR, Nº 113-2018-MSB-GM-GPE-UPR de la Unidad de Planeamiento y Racionalización, el Informe Nº 296-2018-MSB-GM-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 935-2018-MSB-GM de la Gerencia Municipal; sobre la Ordenanza que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de San Borja; y,

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 194º de la constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política y administrativa en los asuntos de su competencia. Así también el artículo II del Título Preliminar de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que la autonomía que la Carta Magna establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, de acuerdo al artículo 9, numeral 8 de la Ley 27972, corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas; por ser la formalidad que dispone el artículo 40º cuando se trata de normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, mediante las cuales crean, modifican, suprimen o exoneran tasas, derechos, licencias y contribuciones dentro de los límites establecidos por ley, debiendo ser ratificadas por la Municipalidad Provincial para su vigencia; para el caso de las Municipalidades Distritales que conforman la Provincia de Lima, el procedimiento de ratificación de Ordenanzas en materia tributaria se...

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