RESOLUCION SUPREMA, N° 178-2018-JUS, PODER EJECUTIVO, JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano peruano y disponen su presentación al Reino de España-RESOLUCION SUPREMA-N° 178-2018-JUS

Fecha de disposición14 Noviembre 2018
Fecha de publicación15 Noviembre 2018
SecciónSección Única

Lima, 14 de noviembre de 2018

VISTO; el Informe Nº 159-2018/COE-TPC, del 9 de noviembre de 2018, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano CÉSAR JOSÉ HINOSTROZA PARIACHI al Reino de España, formulada por el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la tranquilidad pública: organización criminal; y de los delitos contra la administración pública: patrocinio ilegal, negociación incompatible y tráfico de influencias, todos ellos en agravio del Estado peruano;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados;

Que, conforme al inciso 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, concordante con el inciso 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas;

Que, mediante Resolución Consultiva del 6 de noviembre de 2018, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República declaró procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano CÉSAR JOSÉ HINOSTROZA PARIACHI, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la tranquilidad pública: organización criminal; y de los delitos contra la administración pública: patrocinio ilegal, negociación incompatible y tráfico de influencias, todos ellos en agravio del Estado peruano. (Expediente Nº 156-2018);

Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa remitido por el órgano jurisdiccional competente;

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso 1) del...

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