ORDENANZA, Nº 003-2018-CR/GOB.REG.TACNA, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE TACNA - Aprueban Reglamento Interno de la Red Regional de Lucha contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes Tacna-ORDENANZA-Nº 003-2018-CR/GOB.REG.TACNA
Emisor | GOBIERNO REGIONAL DE TACNA |
Fecha de la disposición | 14 de Noviembre de 2018 |
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO
REGIONAL DE TACNA
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veintisiete de febrero de dos mil dieciocho, en Sesión Ordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 1 establece: “La defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del estado”, en tanto que el artículo 2 prescribe: “Toda persona tiene derecho: 1) A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar (...). 2) A la igualdad ante la Ley. (…) 24) A la libertad y a la seguridad personales. En consecuencia: (…) b) No se permite forma alguna de restricción de la libertad personal (…). Están prohibidas la esclavitud, la servidumbre y la trata de seres humanos en cualquier de sus formas (…)”.
Que, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en su artículo 5 establece: Derecho a la Integridad Personal: “ 1) Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral (...)”; en tanto que el artículo 6 prohíbe la esclavitud y la servidumbre señalando: “1) Nadie puede ser sometido a esclavitud o servidumbre, y tanto éstas, como la trata de esclavos y la trata de mujeres están prohibidas en todas sus formas (...)”.
Que, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, estipula en su artículo 8 que: “1) Nadie estará sometido a esclavitud. La esclavitud y la trata de esclavos estarán prohibidas en todas sus formas. 2) Nadie estará sometido a servidumbre (...)”.
Que, el “Protocolo Intersectorial para la Prevención y Persecución del Delito y la Protección, Atención y Reintegración de Víctimas de Trata de Personas” aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2016-IN, es un instrumento de alcance nacional que sirve de guía y referencia en la articulación de las acciones conjuntas entre los distintos sectores involucrados y responsables, como garantes de Estado en la lucha contra el fenómeno de la Trata de Personas y la atención y protección de sus víctimas.
Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en el artículo 6 establece como Objetivos a Nivel Social: “(…) d) Promover el desarrollo humano y la mejora progresiva y sostenida de las condiciones de vida de la población para la superación de la pobreza”.
Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 4 establece que: “Los gobiernos regionales tienen por finalidad (…) garantizar el...
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