RESOLUCION, Nº 1614-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Confirman resolución que declaró improcedente solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Provincial del Callao-RESOLUCION-Nº 1614-2018-JNE
Emisor | JURADO NACIONAL DE ELECCIONES |
Fecha de la disposición | 14 de Noviembre de 2018 |
Expediente Nº ERM.2018022165
CALLAO - CALLAO
JEE CALLAO (ERM.2018015630)
ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018
RECURSO DE APELACIÓN
Lima, uno de agosto de dos mil dieciocho
VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Armando Luján Vidal, personero legal titular de la organización política Perú Libertario, contra la Resolución Nº 00398-2018-JEE-CALL/JNE, del 18 de julio de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Callao, que declaró improcedente su solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Municipal Provincial del Callao, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018; y oído el informe oral.
ANTECEDENTES
El 19 de junio de 2018, Armando Luján Vidal, personero legal titular de la organización política Perú Libertario, acreditado ante el Jurado Electoral Especial de Callao (en adelante, JEE), presentó su solicitud de inscripción de lista de candidatos al Concejo Provincial del Callao (fojas 262 a 263).
Con fecha 22 de Junio de 2018 se emitió la Resolución Nº 00243-2018-JEE-CALL/JNE (fojas 180 a 185) la misma que declaró inadmisible la solicitud de inscripción de la lista de candidatos presentado por el personero legal del partido Perú Libertario, a fin de que:
- Se presente el original o copia certificada por el personero legal del Acta de elección interna, cumpliendo las formalidades previstas en el artículo 25.2 y teniendo en cuenta lo descrito en los considerandos del 8 al 11 de la presente resolución.
- Se presente documentos, con fecha cierta, originales o copias legalizadas que acrediten cuando menos dos años continuos de domicilio en la circunscripción en la que se postula de los candidatos Hercilio Ramón Quito Bernuy, Eliot Edgardo Aaron Llontop Preciado, Milena Maribel Flores Cisneros, Doris Marisa Solorzano Quispe, Ana Lucía Ortiz Munayco, Celestina Luzmila León Gerónimo y Elmer Alejandro Zavaleta Zavaleta.
- Se presente individualmente la declaración jurada simple de no tener deuda pendiente con el estado ni con personas por reparación civil, establecida judicialmente de los candidatos Doris Marisa Solórzano Quispe, Amalia Esther Munayco Hernández, Doris Rubio Valdivia y Ana Lucía Ortiz Munayco.
- Se presente en original el comprobante de pago de la tasa correspondiente a la inscripción de la candidata Doris Marisa Solorzano Quispe y Ana Lucía Ortiz Munayco.
El 8 de julio de 2018, el personero legal titular de la organización política Perú Libertario presentó ante el Jurado Electoral Especial del Callao el escrito de subsanación de las observaciones advertidas dentro del plazo de ley (fojas 33).
Mediante la Resolución Nº 00398-2018-JEE-CALL/JNE, del 18 de julio de 2018 (fojas 26 a 31), el JEE declaró improcedente...
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