RESOLUCION, Nº 1548-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Confirman resolución en el extremo que declaró improcedente solicitud de inscripción de candidatos para el Concejo Distrital de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco-RESOLUCION-Nº 1548-2018-JNE

EmisorJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fecha de la disposición12 de Noviembre de 2018

Expediente Nº ERM.2018021233

WANCHAQ - CUSCO - CUSCO

JEE CUSCO (ERM.2018017199)

ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, uno de agosto de dos mil dieciocho

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Evangelina Mayta Boza, personera legal titular de la organización política Restauración Nacional, en contra de la Resolución Nº 00679-2018-JEE-CSCO/JNE, del 11 de julio de 2018, en el extremo que declaró improcedente la solicitud de inscripción de Harried All Centeno Delgado y Américo Tomas García Gutiérrez, candidatos a regidores para el Concejo Municipal Distrital de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018.

ANTECEDENTES

El 19 de junio de 2018, Evangelina Mayta Boza, personera legal titular de la organización política Restauración Nacional, presentó la solicitud de inscripción de lista de candidatos al Concejo Municipal Distrital de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco (fojas 54 y 55).

Mediante la Resolución Nº 00394-2018-JEE-CSCO/JNE, de fecha 27 de junio de 2018 (fojas 51 y 52), el Jurado Electoral Especial de Cusco (en adelante, JEE), declaró inadmisible la citada solicitud de inscripción, debido a que no cumplía con diversos requisitos, entre ellos, la acreditación de domicilio de la candidata a regidora Harried All Centeno Delgado y del candidato a regidor Américo Tomas García Gutiérrez, por lo que dispuso la subsanación de tales observaciones.

Con fecha 2 de julio de 2018 (fojas 37 y 38), la personera legal titular presentó el escrito de subsanación respecto de todos los extremos observados por el JEE, y en relación a la acreditación del domicilio de la candidata a regidora Harried All Centeno Delgado, adjuntó certificado domiciliario por la Notaria Mercedes Salazar Puente y dos contratos de alquiler del inmueble ubicado en la urb. Kennedy “A” B-26, de la ciudad del Cusco, suscrita por la madre de la candidata, Elizabeth Delgado Calvo. En cuanto al candidato a regidor Américo Tomas García Gutiérrez, adjuntó Declaración Jurada emitida ante la Notaria Mercedes Salazar Puente, en el que señala tener como domicilio el inmueble Nº 1319, de la avenida Huayruropata, del distrito de Wanchaq; asimismo, un recibo de servicio de agua, de la empresa Sedacusco, a nombre de Gladys Paredes Velásquez, cónyuge del candidato; el, DNI de sus dos (2) menores hijos, que indican como domicilio de los mismos la avenida Huayruropata Nº 1323, Wanchaq, Cusco.

Mediante la Resolución Nº 00679-2018-JEE-CSCO/JNE, de fecha 11 de julio de 2018 (fojas 33 a 36), el JEE declaró improcedente la solicitud de inscripción de Harried All Centeno Delgado y Américo Tomas García Gutiérrez, candidatos a regidores, debido a que los documentos aportados en el escrito de subsanación no acreditan la continuidad de domicilio en la jurisdicción en la que postulan.

Con fecha 16 de julio de 2018 (fojas 9 a 11), la mencionada personera legal titular interpuso recurso de apelación, alegando que, la Resolución Nº 00679-2018-JEE- CSCO/JNE no había valorado los documentos presentados en el levantamiento de las observaciones. En relación a la candidata Harried All...

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