ORDENANZA, Nº 485-MSI, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO - Ordenanza que aprueba los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad de licencia de funcionamiento e inspecciones técnicas de seguridad en edificaciones-ORDENANZA-Nº 485-MSI

EmisorMUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
Fecha de la disposición10 de Noviembre de 2018

Ordenanza que aprueba los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad de licencia de funcionamiento e inspecciones técnicas de seguridad de la municipalidad

ORDENANZA Nº 485-MSI

EL TENIENTE ALCALDE ENCARGADO DEL DESPACHO DE ALCALDÍA

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 018-2018-CAFRP/MSI de la Comisión de Administración, Finanzas, Rentas y Presupuesto; el Dictamen Nº 035-2018-CAJLI/MSI de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Laborales e Informática; los Memorandos Nº 584 y Nº 597-2018-12.3.0-SDE-GACU/MSI de la Subgerencia de Desarrollo Económico; los Memorandos Nº 176 y Nº 188-2018-0810-SCC-GAF/MSI; el Informe Nº 147-2018-0520-SDC-GPPDC/MSI de la Subgerencia de Desarrollo Corporativo; el Informe Nº 101-2018-0500-GPPDC/MSI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo; el Informe Nº 0513-2018-0400-GAJ/MSI de la Gerencia Asesoría Jurídica; el Memorándum Nº 145-2018-0200-GM/MSI; y,

CONSIDERANDO:

Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de competencia, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;

Que, a través de la Ordenanza Nº 372-MSI y sus modificatorias, se aprobó la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de San Isidro, ratificada con Acuerdo de Concejo Nº 2438-MML, ambas publicadas con fecha 25 de diciembre de 2014;

Que, el artículo 39º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, señala en su numeral 39.1 que los procedimientos administrativos, requisitos y costos se establecen exclusivamente mediante decreto supremo o norma de mayor jerarquía, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, por la decisión del titular de los organismos constitucionalmente autónomos, así como que dichos procedimientos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobados para cada entidad, en el cual no se pueden crear procedimientos ni establecer nuevos requisitos, salvo lo relativo a la determinación de las tasas que sean aplicables;

Que, en ese sentido el artículo 42º de la norma precitada, indica que el TUPA comprende todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer sus intereses o derechos mediante el pronunciamiento de cualquier órgano de la entidad, siempre que esa exigencia cuente con respaldo legal, el cual deberá consignarse expresamente en el TUPA con indicación de la fecha de publicación en el Diario Oficial, así como la calificación de cada procedimiento según corresponda entre procedimientos de evaluación previa o de aprobación automática, entre otros;

Que, en ese contexto, el artículo 43º del TUO de...

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