ORDENANZA, Nº 082-CMT, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TARMA - Aprueban beneficio no tributario por papeletas de infracción al Reglamento Nacional de Tránsito-ORDENANZA-Nº 082-CMT
Emisor | MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TARMA |
Fecha de la disposición | 9 de Noviembre de 2018 |
Aprueban beneficio no tributario por papeletas de infracción al Reglamento Nacional de Tránsito
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 082-CMT
Tarma, 28 de agosto de 2018
VISTO:
En Sesión Ordinaria del Concejo de fecha 27 de Agosto de 2018, el Dictamen Nº005-CRR-MPT/2018 de la Comisión de Rentas y Recaudación, el Informe Nº 0099-2018-EC-SGEC-MPT/2018; de la Sub Gerencia de Ejecución Coactiva de fecha 23 de Julio del 2018, Informe Nº 0166-GR-MPT/2018 de la Gerencia de Rentas, e Informe Nº 323-GAJ-MPT/2018 de la Gerencia de Asesoría Jurídica; sobre la Ordenanza Municipal, que aprueba el Beneficio No Tributario por Papeletas de Infracción al Reglamento Nacional de Tránsito; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales, son Órganos de Gobierno Local, tiene autonomía Política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, el artículo 81º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades establece que el Concejo Municipal concordante con el Decreto Supremo Nº 016-2009-MTC, el mismo que aprueba el T.U.O. del Reglamento Nacional de Tránsito – Código de Tránsito, modificado por el Decreto Supremo Nº 025-2009-MTC, y Decreto Supremo Nº 003-2014- MTC, donde en su artículo 5º numeral 1 inciso b) establece que son competencia de las Municipalidades Provinciales recaudar y administrar los recursos provenientes del pago de las multas por infracciones al tránsito;
Que, el Artículo 5º y 10º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades establece que el Consejo Municipal Provincial está conformado por el Alcalde y el número de regidores que establezca el Jurado Nacional de Elecciones, El Concejo Municipal ejerce funciones normativas y fiscalizadoras, corresponde a los regidores las siguientes atribuciones y obligaciones proponer proyectos de ordenanzas y acuerdos, formular pedidos y mociones de orden del día, desempeñar funciones de fiscalización de la gestión Municipal;
Que, los artículos 9º, 39º y 40º concordante con el artículo 69º de la citada Ley Orgánica de Municipalidades, precisa que corresponde al Concejo Municipal del...
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