RESOLUCION, Nº 1469-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Revocan resolución en el extremo que declaró improcedente solicitud de inscripción de candidato a alcalde para el Concejo Distrital de Oropesa, provincia de Antabamba, departamento de Apurímac-RESOLUCION-Nº 1469-2018-JNE

EmisorJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fecha de la disposición 8 de Noviembre de 2018

Revocan resolución en el extremo que declaró improcedente solicitud de inscripción de candidato a alcalde para el Concejo Distrital de Oropesa, provincia de Antabamba, departamento de Apurímac

RESOLUCIÓN Nº 1469-2018-JNE

Expediente N° ERM.2018021755

OROPESA–ANTABAMBA–APURÍMAC

JEE ABANCAY (ERM.2018009157)

ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, treinta de julio de dos mil dieciocho

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Celso Fernández Choque, personero legal titular de la organización política Juntos por el Perú, en contra de la Resolución N° 00290-2018-JEE-ABAN/JNE, de fecha 13 de julio de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Abancay, que declaró improcedente la solicitud de inscripción del candidato a alcalde Benjamín Cruz Cahuana, para el Concejo Distrital de Oropesa, provincia de Antabamba, departamento de Apurímac, con el objeto de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2018; y oído el informe oral.

ANTECEDENTES

La organización política Juntos por el Perú, a través de su personero legal titular, presentó la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Oropesa, provincia de Antabamba, departamento de Apurímac, a fin de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2018.

Mediante Resolución N° 00047-2018-JEE-ABAN/JNE, de fecha 25 de junio de 2018, el Jurado Electoral Especial de Abancay (en adelante, JEE), declaró inadmisible la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Oropesa, debido a que la organización política Juntos por el Perú, no presentó el plan de gobierno y medio probatorio que acredite su etapa de sufragio en las elecciones internas; asimismo, respecto al candidato a alcalde Benjamín Cruz Cahuana, no presentó la licencia sin goce de haber.

Con fecha 28 de junio de 2018, Naida Valverde Taipe, personera legal alterna de la mencionada organización política, presentó un escrito con el fin de subsanar las observaciones advertidas en la resolución precitada.

Mediante Resolución N° 00290-2018-JEE-ABAN/JNE, de fecha 13 de julio de 2018, el JEE declaró improcedente la solicitud de inscripción del candidato a alcalde Benjamín Cruz Cahuana, para el Concejo Distrital de Oropesa, debido a que el referido candidato había presentado...

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