RESOLUCION, Nº 1293-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Confirman resolución en el extremo que declaró improcedente solicitud de inscripción de candidatos a regidores para la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso, Provincia Constitucional del Callao-RESOLUCION-Nº 1293-2018-JNE

EmisorJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fecha de la disposición 3 de Noviembre de 2018

Expediente Nº ERM.2018021651

CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO - CALLAO

JEE DEL CALLAO (ERM.2018007627)

ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, veintisiete de julio de dos mil dieciocho

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Manuel Alberto Talavera Valdivia, personero legal titular de la organización política Podemos por el Progreso del Perú, en contra de la Resolución Nº 00345-2018-JEE-CALL/JNE, del 12 de julio de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial del Callao, en el extremo que declaró improcedente la solicitud de inscripción de los candidatos a regidores Jesús Manuel Espinoza León, Viviana Arroyo Tocto, Jonathan Rick Rodríguez Atoche, Ronald José Chinchayán Fuentes, Ana Lucía Comettant Pascual, Luis Alberto Palomino Rodríguez, para el Concejo Distrital de Carmen de la Legua Reynoso, Provincia Constitucional del Callao, presentada por la citada organización política, con el objeto de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2018; y oído el informe oral.

ANTECEDENTES

El 19 de junio de 2018, el personero legal titular de la organización política Podemos por el Progreso del Perú (en adelante, la organización política) presentó ante el Jurado Electoral Especial del Callao (en adelante, JEE) la solicitud de inscripción de su lista de candidatos para el Concejo Distrital de Carmen de la Legua Reynoso, Provincia Constitucional de Callao (fojas 76).

Mediante Resolución Nº 00178-2018-JEE-CALL/JNE, del 20 de junio de 2018 (fojas 69 a 73), el JEE declaró inadmisible la referida solicitud, indicando lo siguiente: a) los candidatos a regidor Jesús Manuel Espinoza León, Jonathan Rick Rodríguez Atoche, Ronald José Chinchayan Fuentes, Ana Lucía Comettant Pascual, Luis Alberto Palomino Rodríguez no acreditan el requisito de los dos años continuos de domicilio en la circunscripción a la que postulan; b) la candidata a regidora Viviana Arroyo Tocto, servidora de la Municipalidad Distrital de San Isidro ha presentado el documento denominado “Adenda al contrato administrativo de servicios”, del cual se desprende que se le ha renovado el contrato, entre el 1 de enero de 2018 y el 30 de junio de 2018, por lo que le corresponde solicitar la respectiva licencia sin goce de haber, cuyo cargo no ha sido adjuntado.

Mediante escrito de fecha 1 de julio de 2018 (fojas 38 a 40), la organización política presentó diversa documentación a fin de levantar las observaciones efectuadas, adjuntando diversa documentación.

A través de la Resolución Nº 00345-2018-JEE-CALL/JNE, del 12 de julio de 2018 (fojas 31 a 36), el JEE...

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