RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 159-2018-P-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Modifican documentos de gestión relativos al Módulo Corporativo Laboral, aprobados mediante la Res. Adm. N° 399-2014-CE-PJ, la Directiva N° 009-2016-CE-PJ y dictan otras disposiciones-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 159-2018-P-CE-PJ

Fecha de disposición04 Octubre 2018
Fecha de publicación24 Octubre 2018
SecciónSección Única

Lima, 4 de octubre de 2018

VISTO:

El Oficio N° 552-2018-P-ETIINLPT-CE-PJ, remitido por el señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo.

CONSIDERANDO:

Primero. Que el señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo remite el Informe N° 198-2018-ST-ETIINLPT-PJ, elaborado por la Secretaría Técnica del referido Equipo Técnico, en el cual se sustenta la necesidad de modificar el “Nuevo Reglamento del Módulo Corporativo Laboral bajo la Ley N° 29497” y el “Manual de Organización y Funciones del Módulo Corporativo Laboral”, aprobados mediante Resolución Administrativa N° 399-2014-CE-PJ; así como la Directiva N° 009-2016-CE-PJ denominada “Directiva de los Actos Procesales Desarrollados en las Sub Áreas que conforman el Área de Apoyo a las Causas del Módulo Corporativo Laboral de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, según las etapas del nuevo proceso judicial laboral”, aprobada por Resolución Administrativa N° 278-2016-CE-PJ.

Segundo. Que evaluado el referido informe, se justifica las modificaciones propuestas; atendiendo a las omisiones existentes en los documentos normativos precitados, referidos a conceptos, principios, competencia, tipos, división, conformación, distribución, representación, funciones del personal, relaciones de dependencia y cuadro orgánico de cargos del Módulo Corporativo Laboral; así como respecto a los actos procesales realizados en el Área de Apoyo a las Causas de dicho módulo; lo cual resulta de imperiosa necesidad a efecto de lograr una mayor celeridad en la tramitación y resolución de los procesos laborales.

Tercero. Que el informe presentado detalla de forma clara y precisa, las actuales disposiciones derivadas de las normas a modificar; así como la justificación, finalidad y...

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