RESOLUCION, Nº 174-2018-OS/CD, ORGANISMOS REGULADORES, ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA - Fijan factores de proporción aplicables en el cálculo de la tarifa eléctrica rural de los Sitemas Eléctricos Rurales Convencionales para el periodo noviembre 2018 - octubre 2019-RESOLUCION-Nº 174-2018-OS/CD
Fecha de disposición | 31 Octubre 2018 |
Fecha de publicación | 31 Octubre 2018 |
Fijan factores de proporción aplicables en el cálculo de la tarifa eléctrica rural de los Sitemas Eléctricos Rurales Convencionales para el periodo noviembre 2018 - octubre 2019
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN
EN ENERGÍA Y MINERIA
OSINERGMIN N° 174-2018-OS/CD
Lima, 30 de octubre de 2018
VISTOS:
El Informe Técnico N° 469-2018-GRT y el Informe Legal N° 470-2018-GRT, elaborados por la Gerencia de Regulación de Tarifas del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería, (en adelante “Osinergmin”).
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2007-EM, establecen el marco normativo para la promoción y el desarrollo eficiente y sostenible de la electrificación de zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del país;
Que, en el Artículo 25 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2007-EM, se establecen los criterios para fijar la tarifa eléctrica rural, según la fuente de inversiones, debiendo Osinergmin fijar los factores de proporción aplicables a las inversiones efectuadas por el Estado, las empresas distribuidoras u otras entidades;
Que, mediante Resolución Osinergmin N° 670-2007-OS/CD se aprobó la Norma “Medios, Formatos y Plazos para la Presentación de la Información vinculada a la Fijación de los Factores de Proporción aplicables en el Cálculo de la Tarifa Eléctrica Rural”;
Que, el Artículo 3° de la Resolución Osinergmin N° 203-2013-OS/CD, Resolución que fijó el Valor Agregado de Distribución (VAD) del periodo noviembre 2013 – octubre 2017, estableció que los factores de proporción serán recalculados anualmente;
Que, el Artículo 4° de la Resolución Osinergmin N° 122-2018-OS/CD, Resolución que fijó la tarifa eléctrica rural para sistemas fotovoltaicos, estableció que la tarifa máxima aplicable corresponderá a una ponderación de las tarifas máximas que reflejen la inversión del Estado y la inversión de la Empresa;
Que, mediante Resolución Osinergmin N° 217-2017-OS/CD se fijaron los factores de proporción aplicables en el cálculo de la tarifa eléctrica rural de los Sistemas Convencionales y Fotovoltaicos del periodo...
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