RESOLUCION, Nº 174-2018-OS/CD, ORGANISMOS REGULADORES, ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA - Fijan factores de proporción aplicables en el cálculo de la tarifa eléctrica rural de los Sitemas Eléctricos Rurales Convencionales para el periodo noviembre 2018 - octubre 2019-RESOLUCION-Nº 174-2018-OS/CD

Fecha de disposición31 Octubre 2018
Fecha de publicación31 Octubre 2018

Fijan factores de proporción aplicables en el cálculo de la tarifa eléctrica rural de los Sitemas Eléctricos Rurales Convencionales para el periodo noviembre 2018 - octubre 2019

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN

EN ENERGÍA Y MINERIA

OSINERGMIN N° 174-2018-OS/CD

Lima, 30 de octubre de 2018

VISTOS:

El Informe Técnico N° 469-2018-GRT y el Informe Legal N° 470-2018-GRT, elaborados por la Gerencia de Regulación de Tarifas del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería, (en adelante “Osinergmin”).

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2007-EM, establecen el marco normativo para la promoción y el desarrollo eficiente y sostenible de la electrificación de zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del país;

Que, en el Artículo 25 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2007-EM, se establecen los criterios para fijar la tarifa eléctrica rural, según la fuente de inversiones, debiendo Osinergmin fijar los factores de proporción aplicables a las inversiones efectuadas por el Estado, las empresas distribuidoras u otras entidades;

Que, mediante Resolución Osinergmin N° 670-2007-OS/CD se aprobó la Norma “Medios, Formatos y Plazos para la Presentación de la Información vinculada a la Fijación de los Factores de Proporción aplicables en el Cálculo de la Tarifa Eléctrica Rural”;

Que, el Artículo 3° de la Resolución Osinergmin N° 203-2013-OS/CD, Resolución que fijó el Valor Agregado de Distribución (VAD) del periodo noviembre 2013 – octubre 2017, estableció que los factores de proporción serán recalculados anualmente;

Que, el Artículo 4° de la Resolución Osinergmin N° 122-2018-OS/CD, Resolución que fijó la tarifa eléctrica rural para sistemas fotovoltaicos, estableció que la tarifa máxima aplicable corresponderá a una ponderación de las tarifas máximas que reflejen la inversión del Estado y la inversión de la Empresa;

Que, mediante Resolución Osinergmin N° 217-2017-OS/CD se fijaron los factores de proporción aplicables en el cálculo de la tarifa eléctrica rural de los Sistemas Convencionales y Fotovoltaicos del periodo...

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