RESOLUCION, Nº 0006 -2018-SENACE/CD, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SERVICIO NACIONAL DE CERTIFICACIÓN AMBIENTAL PARA LAS INVERSIONES SOSTENIBLES - Aprueban las Bases para el proceso de selección meritocrático para la elección del/la Presidente/a Ejecutivo/a del SENACE-RESOLUCION-Nº 0006 -2018-SENACE/CD

EmisorSERVICIO NACIONAL DE CERTIFICACIAN AMBIENTAL PARA LAS INVERSIONES SOSTENIBLES
Fecha de la disposición30 de Octubre de 2018

Lima, 30 de octubre de 2018

VISTAS: Las actas de las Sesiones N° 018 y 019/2018 del Consejo Directivo del Senace del 3 y 25 de octubre del 2018, respectivamente; y,

CONSIDERANDO:

Que, a través de la Ley N° 29968 se crea el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles–Senace como Organismo Público Técnico Especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal adscrito al Ministerio del Ambiente y, encargado de revisar y aprobar los EIA detallados (EIA-d) regulados en la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental y sus normas reglamentarias;

Que, el Consejo Directivo es el órgano máximo del Senace, siendo una de sus principales funciones adoptar acuerdos referidos a los asuntos del Senace que se sometan a su consideración, dentro del ámbito de sus competencias, conforme lo dispone el literal d) del artículo 5 de la indicada Ley, modificada por el Decreto Legislativo N° 1394, Decreto Legislativo que fortalece el funcionamiento de las autoridades competentes en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental;

Que, el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley N° 29968, modificada por el Decreto Legislativo N° 1394, establece que la designación del/la Presidente/a Ejecutivo/a del Senace está sujeta a mecanismos objetivos que aseguren la idoneidad profesional y moral, y la especialidad requerida para el ejercicio del cargo, y la inexistencia de incompatibilidades o conflictos de interés, siendo que los mecanismos de evaluación objetiva, el proceso de selección y la convocatoria serán aprobados por el Consejo Directivo;

Que, asimismo, el numeral 7.2 del artículo 7 de la citada Ley establece que el cargo de Presidente/a Ejecutivo/a del Senace se ejerce por el plazo de tres (3) años...

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