DECRETO SUPREMO, N° 012-2018-TR, PODER EJECUTIVO, TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO - Decreto Supremo que establece normas complementarias para la transferencia temporal de competencias, funciones, personal y acervo documentario de los Gobiernos Regionales a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral-DECRETO SUPREMO-N° 012-2018-TR

Fecha de disposición30 Octubre 2018
Fecha de publicación30 Octubre 2018
MateriaDerecho Público y Administrativo

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 28806, Ley General de Inspección del Trabajo, regula el Sistema de Inspección del Trabajo, su composición, estructura orgánica, facultades y competencias; asimismo, la citada norma desarrolla la función de inspección del trabajo, la cual está centrada en vigilar el cumplimiento de las normas de orden sociolaboral y de la seguridad social, exigir las responsabilidades administrativas que procedan y orientar técnicamente en dichas materias, todo ello de conformidad con lo señalado en el Convenio N° 81 de la Organización Internacional del Trabajo;

Que, a través de la Ley N° 29981, Ley que crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL), modifica la Ley N° 28806, Ley General de Inspección del Trabajo, y la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral como organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y de seguridad y salud en el trabajo, así como brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas materias;

Que, mediante el artículo 3 de la Ley N° 30814, Ley del Fortalecimiento del Sistema de Inspección del Trabajo, se asigna temporalmente a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral las competencias y funciones en materia de inspección de trabajo que, a la fecha, corresponden a los Gobiernos Regionales; ello, con la finalidad de fortalecer el Sistema de Inspección del Trabajo y favorecer su función de vigilancia del cumplimiento de las normas sociolaborales y de seguridad y salud en el trabajo;

Que, el artículo 5 de la Ley N° 30814, Ley del Fortalecimiento del Sistema de Inspección del Trabajo, que desarrolla la progresividad de la transferencia por asignación temporal de competencias y funciones a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral, dispone que las particularidades de la transferencia temporal de competencias y funciones se regula mediante decreto supremo emitido por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;

Que, en mérito a los considerandos precedentes, se ha visto necesario desarrollar las normas complementarias que permitan la ejecución de la transferencia temporal...

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