RESOLUCION ADMINISTRATIVA, N° 995-2018-P-CSJLE/PJ, PODER JUDICIAL, CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA - Establecen turnos judiciales en juzgados de familia de la Corte Superior de Justicia de Lima Este con la finalidad de atender a los casos previstos en la Ley N° 30364 - Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-N° 995-2018-P-CSJLE/PJ

Fecha de disposición27 Octubre 2018
Fecha de publicación27 Octubre 2018
SecciónSección Única

Ate, 23 de octubre de 2018

VISTOS:

La Ley N° 30364Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra Las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Decreto Legislativo N° 1386 y la Resolución Administrativa N° 647-2018-P-CSJLE/PJ; y,

CONSIDERANDO:

Primero.- La Ley N° 30364, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 23 de noviembre de 2015, tiene por objeto prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres por su condición de tales y contra los integrantes del grupo familiar, en especial cuando se encuentran en situación de vulnerabilidad, por la edad o situación física como las niñas, niños, adolescentes y personas adultas mayores y personas con discapacidad; la misma que ha sido modificada por el Decreto Legislativo N° 1386, que establece, entre otros, los plazos para la emisión de las medidas de protección y/o cautelares requeridas en los casos de riesgo leve o moderado (48 horas) y en los casos de riesgo severo (24 horas) por parte de los Juzgados de Familia.

Segundo.- Mediante Resolución Administrativa N° 266-2017-CE-PJ, de fecha 08 de setiembre del 2017, se dispuso crear el “Módulo Especializado de Familia de San Juan de Lurigancho”, con sede en el Distrito de San Juan de Lurigancho, Corte Superior de Justicia de Lima Este, el cual está conformado por el 1°, 2°, 3°, 4°, 5° y 6° Juzgados de Familia Permanente y el Juzgado de Familia Transitorio, con turno abierto, cuya competencia territorial es en el distrito de San Juan de Lurigancho.

Tercero.- Por Resolución Administrativa N° 647- 2018-P-CSJLE/PJ, de fecha 11 de junio de 2018, se estableció el turno judicial con alternancia semanal de los Juzgados del Módulo Especializado de Familia del distrito de San Juan de Lurigancho, para los procesos de Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal y, para los casos previstos en la Ley N° 30364Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra Las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar.

Cuarto.- Que estando a lo expuesto y a las modificaciones legislativas ya citadas, resulta necesario adecuar los turnos judiciales con la finalidad de dar un servicio célere a los justiciables; por lo que resulta pertinente dictar el acto administrativo correspondiente.

En uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

SE RESUELVE:

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