RESOLUCION MINISTERIAL, N° 269-2018-PCM, PODER EJECUTIVO, PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS - Modifican el Plan de Estrategia Publicitaria Institucional 2018-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 269-2018-PCM

Fecha de disposición25 Octubre 2018
Fecha de publicación26 Octubre 2018

Lima, 25 de octubre de 2018

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal, se establecen los criterios generales para el uso de los recursos que las instancias del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local, destinarán al rubro de publicidad, en prensa escrita, radio y televisión;

Que, el artículo 3 de la citada Ley señala que para la autorización de la realización de publicidad estatal se debe contar, entre otros, con un Plan de Estrategia Publicitaria acorde con las funciones y atribuciones de las entidades o dependencias, las cuales deben adecuarse a los objetivos y prioridades establecidos en los programas sectoriales;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 031-2018-PCM se aprobó el Plan de Estrategia Publicitaria Institucional (PEP) 2018, que desarrolla estratégicamente y con criterio técnico, las herramientas comunicacionales necesarias para el logro de los objetivos comunicacionales establecidos por el Gobierno;

Que, mediante la Ley N° 30793, Ley que regula el gasto de publicidad del Estado Peruano, se dispuso que todas las entidades públicas, incluidas las de derecho privado y las que estén en regímenes especiales, así como las empresas del Estado, los gobiernos locales y los regionales podrán publicitar sus tareas de gestión únicamente en los medios de comunicación del Estado a tarifa de costo;

Que, mediante sentencia de fecha 11 de octubre de 2018, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 24 de octubre de 2018, el Tribunal Constitucional ha declarado la inconstitucionalidad de la Ley N° 30793 por vulneración del derecho a la libertad de información, a la legalidad el penal, a la libertad de contratar con fines lícitos y por vulnerar la regulación constitucional de los decretos de urgencia. El Tribunal Constitucional señala tambien que ante el vacio normativo generado a partir de la emisión de la sentencia y para evitar la incertidumbre jurídica, podrían aplicarse analógicamente las normas que regulan la publicidad estatal en medios de comunicación públicos al ámbito de la...

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