RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 144-2018-COFOPRI/DE, ORGANISMOS EJECUTORES, ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL - Modifican denominación del Anexo A de la R.D. N° 171-2017-COFOPRI/DE por el de 'Título de Propiedad Registrado. Programas de Adjudicación de Lotes - Lotes no adjudicados', y su tercera cláusula-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 144-2018-COFOPRI/DE

Fecha de disposición19 Octubre 2018
Fecha de publicación20 Octubre 2018

Modifican denominación del Anexo A de la R.D. N° 171-2017-COFOPRI/DE por el de “Título de Propiedad Registrado. Programas de Adjudicación de Lotes - Lotes no adjudicados”, y su tercera cláusula

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

Nº 144-2018-COFOPRI/DE

Lima, 19 de octubre de 2018

VISTOS, el Informe Nº 087-2018-COFOPRI/DND del 02 de octubre de 2018, emitido por la Dirección de Normalización y Desarrollo; el Informe Nº 0081-2018-COFOPRI/DFIND del 10 de octubre de 2018, emitido por la Dirección de Formalización Individual; así como, el Informe Nº 497-2018-COFOPRI/OAJ del 12 de octubre de 2018, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por la Ley Nº 27046, se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal, ahora Organismo de Formalización de la Propiedad Informal, en adelante COFOPRI; conforme a la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 28923, Ley que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos;

Que, con Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de COFOPRI como instrumento de gestión institucional que organiza la estructura orgánica de la Entidad, conteniendo las funciones generales de ésta y las específicas de cada uno de sus Órganos y Unidades Orgánicas, y que establece en su artículo 9 y el literal f) del artículo 10 que el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad y del Pliego Presupuestal de COFOPRI, quien tiene la función de emitir resoluciones administrativas de su competencia;

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1202 se modifica el Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, y se dictan medidas complementarias en materia de acceso a la propiedad formal, con el objeto de implementar la adjudicación de tierras del Estado con fines de vivienda a través de los Programas de Adjudicación de Lotes de Vivienda (PAL) a cargo de COFOPRI;

Que, a través del Decreto Supremo Nº 014-2016-VIVIENDA, se aprobó el Reglamento de los Programas de Adjudicación de Lotes con fines de vivienda, a que se refiere el Título III del Decreto Legislativo Nº 803, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1202 y sus medidas complementarias;

Que, en virtud de la Resolución...

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