RESOLUCION, N° 1905-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Revocan resolución que declaró improcedente solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Distrital de Montevideo, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas-RESOLUCION-N° 1905-2018-JNE
Fecha de disposición | 18 Octubre 2018 |
Fecha de publicación | 18 Octubre 2018 |
Sección | Sección Única |
Revocan resolución que declaró improcedente solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Distrital de Montevideo, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas
Resolución N° 1905-2018-JNE
Expediente N° ERM.2018022216
MONTEVIDEO - CHACHAPOYAS - AMAZONAS
JEE CHACHAPOYAS (ERM.2018010527)
ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018
RECURSO DE APELACIÓN
Lima, siete de agosto del dos mil dieciocho.
VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Yesenia Medalith Fernández Mariñas, personera legal titular de la organización política Acción Popular, en contra de la Resolución N° 00281-2018-JEE-CHAC/JNE, de fecha 20 de julio de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Chachapoyas, que declaró improcedente la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Montevideo, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, presentada por la citada organización política, en el marco del proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2018; y oído el informe oral.
ANTECEDENTES
El 19 de junio de 2018, la personera legal titular de la organización política Acción Popular presentó al Jurado Electoral Especial de Chachapoyas (en adelante, JEE) la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Montevideo, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas.
Mediante Resolución N° 00281-2018-JEE-CHAC/JNE, de fecha 20 de julio de 2018, el JEE, declaró improcedente la referida solicitud debido a que, entre otros, la organización política no presentó el acta de elecciones internas vulnerando de esta manera con lo establecido en el artículo 61, inciso 4 de su propio estatuto partidario.
El 23 de julio de 2018, la personera legal titular de la organización política interpuso recurso de apelación en contra de la Resolución N° 00281-2018-JEE-CHAC/JNE, con el cual adjuntó, entre otros documentos, el Acta de Proclamación de Resultados de Elecciones Internas para elegir candidatos a alcaldes y regidores de las Municipalidades Distritales del Amazonas (Elección complementaria del 23 de mayo de 2018 - Plenario Nacional) en el que se señalan las Resoluciones N° 097-2018-CNE/AP y N° 098-2018-CNE/AP, las cuales aprobaron la participación de la organización política recurrente en la contienda electoral.
CONSIDERANDOS
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