RESOLUCION, Nº 1503-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Revocan resolución que declaró improcedente solicitud de inscripción de lista de candidatos al Concejo Distrital de Salas, provincia y departamento de Ica-RESOLUCION-Nº 1503-2018-JNE

EmisorJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fecha de la disposición14 de Octubre de 2018

Revocan resolución que declaró improcedente solicitud de inscripción de lista de candidatos al Concejo Distrital de Salas, provincia y departamento de Ica

Resolución N° 1503-2018-JNE

Expediente N° ERM.2018022009

SALAS - ICA - ICA

JEE ICA (ERM.20180017373)

ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, treinta de julio de dos mil dieciocho.

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Dalia Eneida Aguado Muñoz, personera legal titular de la organización política Perú Libertario, en contra de la Resolución N° 00638-2018-JEE-ICA0/JNE, del 9 de julio de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Ica, que declaró improcedente la solicitud de inscripción de lista de candidatos al Concejo Distrital de Salas, provincia y departamento de Ica, en el marco de las Elecciones Municipales y Regionales 2018.

ANTECEDENTES

El 19 de junio de 2018, Dalia Eneida Aguado Muñoz, personera legal titular de la organización política Perú Libertario, solicitó la inscripción de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Salas, provincia y departamento de Ica.

Mediante la Resolución N° 00638-2018-JEE-ICA0/JNE, del 9 de julio de 2018, el Jurado Electoral Especial de Ica (en adelante, JEE) declaró improcedente la solicitud de inscripción de la lista de candidatos, por existir diferencias en el contenido, entre el físico y el soporte digital (CD) del plan de gobierno presentado en la solicitud de inscripción y el adjuntado en la subsanación. Así como también, existe diferencias entre el contenido del Formato Resumen del Plan de Gobierno del DECLARA y el formato presentado en la solicitud.

El 22 de julio de 2018, la personera legal titular de la organización política Perú Libertario interpuso recurso de apelación en contra de la Resolución N° 00638-2018-JEE- ICA0/JNE, alegando lo siguiente:

  1. En su oportunidad cumplió con subsanar la observación, respecto al contenido del soporte digital (CD) del plan de gobierno.

  2. Solo a partir del acto de inscripción de la lista, el plan de gobierno es inmutable, por tanto no se puede modificar su contenido; en tanto no ocurra ello, puede ser objeto de subsanación o...

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