RESOLUCION, N° 1555-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Confirman resolución que declaró improcedente solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Provincial de Ambo, departamento de Huánuco-RESOLUCION-N° 1555-2018-JNE
Emisor | JURADO NACIONAL DE ELECCIONES |
Fecha de la disposición | 8 de Octubre de 2018 |
Confirman resolución que declaró improcedente solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Provincial de Ambo, departamento de Huánuco
Resolución Nº 1555-2018-JNE
Expediente Nº ERM.2018021410
AMBO - HUÁNUCO
JEE HUÁNUCO (ERM.2018015636)
ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018
RECURSO DE APELACIÓN
Lima, uno de agosto de dos mil dieciocho
VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Vickthor Fernando Jump Ramírez, personero legal alterno de la organización política Avanzada Regional Independiente Unidos por Huánuco, en contra de la Resolución Nº 00627-2018-JEE-HNCO/JNE, del 12 de julio de 2018, que declaró improcedente la solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Provincial de Ambo, departamento de Huánuco, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018.
ANTECEDENTES
El 19 de junio de 2018, Lenin Hermel Lurquin Rodríguez, personero legal titular de la organización política Avanzada Regional Independiente Unidos por Huánuco, presentó la solicitud de inscripción de lista de candidatos al Concejo Provincial de Ambo, departamento de Huánuco (fojas 4).
Mediante la Resolución Nº 00353-2018-JEE-HNCO/JNE, de fecha 28 de junio de 2018 (fojas 59 a 62), el Jurado Electoral Especial de Huánuco (en adelante, JEE) declaró inadmisible la solicitud de inscripción por el incumplimiento del diversos requisitos previstos en el artículo 25 del Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales, aprobado mediante la Resolución Nº 0082-2018-JNE (en adelante, Reglamento); consecuentemente, concedió al personero legal el plazo de dos (2) días calendario para la respectiva subsanación. La resolución fue notificada, vía electrónica, el 30 de junio de 2018 (fojas 63).
Con fecha 5 de julio de 2018 (fojas 65), el personero legal presentó un escrito solicitando que el JEE notifique la Resolución Nº 00353-2018-JEE-HNCO/JNE en su domicilio procesal, consignado en el jirón Dos de Mayo Nº 769, Huánuco, toda vez que el personero legal no había recibido capacitación para el manejo de la casilla electrónica, creada el 19 de junio de 2018 y, atendiendo, además, a que el JEE ha remitido notificaciones de manera física al mencionado domicilio procesal hasta el 29 de junio de 2018.
Asimismo, mediante escrito de fecha 6 de julio del 2018 (fojas 68 y 69), el personero legal absolvió las observaciones previstas en la Resolución Nº 00353-2018-JEE-HNCO/JNE.
Mediante la Resolución Nº 00627-2018-JEE-HNCO/JNE, de fecha 12 de julio de 2018 (fojas 104 a 108), el JEE declaró improcedente la solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Municipal Provincial de Ambo, presentada por el...
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