RESOLUCION, Nº 166-2018-SINEACE/CDAH-P, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA - Oficializan Acuerdo mediante el cual se estableció que los institutos de educación superior pedagógicos deberán contar con licenciamiento o revalidación, cuando presenten solicitudes de evaluación externa con fines de acreditación-RESOLUCION-Nº 166-2018-SINEACE/CDAH-P
Fecha de disposición | 05 Octubre 2018 |
Fecha de publicación | 08 Octubre 2018 |
Materia | Derecho Público y Administrativo |
Sección | Sección Única |
Oficializan Acuerdo mediante el cual se estableció que los institutos de educación superior pedagógicos deberán contar con licenciamiento o revalidación, cuando presenten solicitudes de evaluación externa con fines de acreditación
Resolución de Presidencia del
Consejo Directivo Ad Hoc
Nº 166-2018-SINEACE/CDAH-P
Lima, 5 de octubre de 2018
VISTO:
El Acuerdo N° 090-2018-CDAH del Consejo Directivo Ad Hoc, de sesión del 17 de setiembre 2018; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 5° de la Ley N° 28740, Ley del Sineace, establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desempeño laboral;
Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – Sineace habiéndose mediante Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, constituido el Consejo Directivo Ad Hoc, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, habiéndose establecido entre sus funciones la referida a “Aprobar los planes, lineamientos, directivas y demás documentos de gestión necesarios para ejecutar las funciones necesarias que permitan la continuidad del organismo y de los procesos en desarrollo”;
Que, el 26 de setiembre 2015 se publicó en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto Supremo N° 016-2015-MINEDU, a través del cual se aprobó la “Política de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria”, cuyo objetivo es garantizar el acceso a un servicio educativo universitario de calidad y, establece responsabilidades funcionales a cargo del Ministerio de Educación y organismos de licenciamiento (Sunedu) y acreditación (Sineace);
Que, la mencionada política establece 4 pilares de reforma para la construcción del sistema de aseguramiento de la calidad: 1: Información confiable y...
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