RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 0053-2018-MEM/DGE, PODER EJECUTIVO, ENERGIA Y MINAS - Otorgan a favor de ELECTROCENTRO S.A. concesión eléctrica rural para desarrollar actividad de transmisión de energía eléctrica en la obra 'Electrificación Rural para el SER Pichanaki Perené II Etapa', ubicada en el departamento de Junín-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 0053-2018-MEM/DGE

EmisorENERGIA Y MINAS
Fecha de la disposición 5 de Marzo de 2018

Otorgan a favor de ELECTROCENTRO S.A. concesión eléctrica rural para desarrollar actividad de transmisión de energía eléctrica en la obra “Electrificación Rural para el SER Pichanaki Perené II Etapa”, ubicada en el departamento de Junín

Resolución directoral

Nº 0053-2018-mem/dge

Lima, 5 de marzo de 2018

VISTO: El Expediente N° 64378517 sobre la solicitud de concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la obra “Electrificación Rural para el SER Pichanaki Perené II Etapa”, presentada por la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro-ELECTROCENTRO S.A.;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la carta GR-065-2017 con Registro N” 2674450, de fecha 23 de enero de 2017, complementada con las cartas GRP-204-2017 y GRP-961-2017 con Registros N° 2679414 y N° 2724997, de fechas 08 de febrero y 17 de julio de 2017, respectivamente, ELECTROCENTRO S.A. solicita la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la obra “Electrificación Rural para el SER Pichanaki Perené II Etapa”, ubicado en los distritos de Pichanaki, Perené y Río Negro; provincias de Chanchamayo y Satipo; departamento de Junín;

Que, ELECTROCENTRO S.A. ha presentado la Resolución Directoral N° 000113-2017-GRJ/GRDE/DREM/DR, de fecha 04 de julio de 2017, mediante la cual la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Junín aprueba la Declaración de Impacto Ambiental (DÍA), así como la Calificación como Sistema Eléctrico Rural (SER), aprobada mediante Resolución Directoral N° 030-2017-MEM/DGE, de fecha 02 de febrero de 2017, correspondiente a la obra a que se refiere en el considerando que antecede conforme a lo establecido en los artículos 22 y 30 del Reglamento de la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, y Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo N°025-2007-EM, respectivamente;

Que, la solicitud está amparada...

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