RESOLUCION, Nº 1549-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Revocan resolución que declaró improcedente solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Distrital de Leimebamba, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas-RESOLUCION-Nº 1549-2018-JNE

Fecha de disposición03 Octubre 2018
Fecha de publicación03 Octubre 2018
SecciónSección Única

Revocan resolución que declaró improcedente solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Distrital de Leimebamba, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas

Resolución Nº 1549-2018-JNE

Expediente Nº ERM.2018021238

LEIMEBAMBA - CHACHAPOYAS - AMAZONAS

JEE CHACHAPOYAS (ERM.2018003096)

ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, uno de agosto de dos mil dieciocho

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Aquelino Chuquizuta Huamán, personero legal titular de la organización política Sentimiento Amazonense Regional, en contra de la Resolución Nº 00195-2018-JEE-CHAC/JNE, del 11 de julio de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Chachapoyas, que declaró improcedente la solicitud de lista de candidatos para el Concejo Distrital de Leimebamba, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018; y oído el informe oral.

ANTECEDENTES

Con fecha 15 de junio de 2018, Aquelino Chuquizuta Huamán, personero legal titular de la organización política Movimiento Regional Sentimiento Amazonense Regional presentó su solicitud de inscripción de lista de candidatos, para el Concejo Distrital de Leimebamba, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, a fin de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2018.

Mediante la Resolución Nº 00099-2018-JEE-CHAC/JNE, del 29 de junio de 2018, el Jurado Electoral Especial de Chachapoyas (en adelante, JEE) declaró inadmisible la solicitud de inscripción de la lista de candidatos con el argumento de que la organización política ha designado candidatos que no cuentan con la condición de afiliados, conforme al literal a del artículo 24 y el artículo 26 de su Estatuto, conforme la verificación de la consulta vía web del Registro de Organizaciones Políticas (en adelante, ROP).

Con escrito, de fecha 4 de julio de 2018, el personero legal titular de la organización política presenta su escrito de subsanación adjuntando nueva documentación correspondiente, a fin de cumplir con el requerimiento efectuado por la resolución de inadmisibilidad.

A través de la Resolución Nº 00195-2018-JEE-CHAC/JNE, del 11 de julio de 2018, el JEE declaró improcedente la solicitud de inscripción de lista de candidatos presentada por la organización política, para el Concejo Distrital de Leimebamba, con el argumento central de que los candidatos Bethoven Aguilar Tafur, Teodisela Lourdes Pinedo Escobedo, Romel Silva Escobedo, Gusmán Mendoza Cotrina, Luz Aydelith Vega Echevarría y Sonia Marilú Montenegro Huamán no se encuentran afiliados a la organización política por la que postulan.

Contra la referida resolución, el 16 de julio de 2018, Aquelino Chuquizuta Huamán, personero legal titular de la organización política, interpuso recurso de apelación, alegando principalmente:

  1. La resolución recurrida contraviene los principios constitucionales de debida motivación y congruencia.

  2. Si bien es cierto no se ha podido verificar la condición de afiliados ante el ROP, de los candidatos presentados en la lista, no es menos cierto que tal requisito se puede cotejar en las fichas de inscripción de los precitados candidatos, que se adjuntan al presente recurso, debidamente legalizadas por notario público; además la condición de afiliados es para ocupar cargos internos y no para elegir candidatos.

CONSIDERANDOS

  1. Las competencias que ejerce la Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas (en adelante, DNROP), en tanto órgano encargado de ejecutar las actividades de administración del ROP, se enmarcan dentro de la denominada función registral que ejerce el...

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