RESOLUCION, Nº 1322-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Revocan resolución en extremo que declaró improcedente solicitud de inscripción de candidato a regidor para la Municipalidad Provincial de Melgar, departamento de Puno, y la confirman en extremo que declaró improcedente inscripción de candidata a regidora-RESOLUCION-Nº 1322-2018-JNE

EmisorJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fecha de la disposición30 de Septiembre de 2018

Revocan resolución en extremo que declaró improcedente solicitud de inscripción de candidato a regidor para la Municipalidad Provincial de Melgar, departamento de Puno, y la confirman en extremo que declaró improcedente inscripción de candidata a regidora

Resolución Nº 1322-2018-JNE

Expediente Nº ERM.2018019698

MELGAR - PUNO

JEE SAN ROMÁN (ERM.2018015920)

ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, treinta de julio de dos mil dieciocho

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Carlos Gregorio Montesinos Porto, personero legal alterno de la organización política Acción Popular, en contra de la Resolución Nº 00391-2018-JEE-SROM/JNE, del 2 de julio de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de San Román, en el extremo que declaró improcedente la solicitud de inscripción de José Wilfredo Gamarra Morales y Adelia Limachi Catunta, candidatos a regidores al Concejo Provincial de Melgar, departamento de Puno, presentada por la citada organización política, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018;

ANTECEDENTES

El 19 de junio de 2018 (fojas 3 y 4), el personero legal alterno de la organización política Acción Popular presentó al Jurado Electoral Especial de San Román (en adelante, JEE) la solicitud de inscripción de la lista de candidatos al Concejo Provincial de Melgar, departamento de Puno.

Mediante la Resolución Nº 00177-2018-JEE-SROM/JNE, del 23 de junio de 2018 (fojas 139 a 141), se declaró inadmisible la solicitud de inscripción de la referida organización política, entre otros, debido a lo siguiente:

  1. La declaración de conciencia del candidato José Wilfredo Gamarra Morales no se encuentra firmada por el jefe, representante o autoridad de la comunidad, o por el juez de paz competente.

  2. La candidata Adelia Limachi Catunta viene laborando en la Caja del Instituto Superior de Educación Pública - Ayaviri, desde el 2017 hasta la actualidad, por lo que corresponde que adjunte la solicitud o copia legalizada de la licencia sin goce de haber presentada a su centro laboral.

    El 28 de junio de 2018 (fojas 146 a 148), el personero legal alterno de la referida organización política presentó el escrito de subsanación, señalando que adjunta la declaración de conciencia del candidato José Wilfredo Gamarra Morales, esta vez suscrita por el juez de paz de Umachiri, provincia de Melgar; sin embargo, solo adjuntó la misma declaración...

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