DECRETO SUPREMO, N° 218-2018-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Aprueban operación de endeudamiento externo con el BID-DECRETO SUPREMO-N° 218-2018-EF

EmisorECONOMIA Y FINANZAS
Fecha de la disposición29 de Septiembre de 2018

Aprueban operación de endeudamiento externo con el BID

DECRETO SUPREMO

N° 218-2018-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el párrafo 4.1 del artículo 4 de la Ley Nº 30695, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a
US$ 1 421 500 000,00 (UN MIL CUATROCIENTOS VEINTIUN MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS);

Que, en el marco de la citada autorización, la República del Perú acuerda una operación de endeudamiento externo con el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, hasta por US$ 30 000 000,00 (TREINTA MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente el Programa de Recuperación de Áreas Degradadas por Residuos Sólidos en Zonas Prioritarias;

Que, tal operación de endeudamiento externo está incluida en el Programa Anual de Concertaciones Externas del año 2018, como deuda directa de la República con cargo al Sub Programa de Sectores Económicos y Sociales, establecido en el literal a) del párrafo 4.1 del artículo 4 de la Ley N° 30695;

Que, la referida operación de endeudamiento contempla la opción de Facilidad de Conversión de Moneda, la cual faculta a la República del Perú a solicitar la conversión de los desembolsos o del saldo adeudado del préstamo, a Soles, con la correspondiente modificación de las condiciones financieras de la operación;

Que, en adición la citada operación de endeudamiento contempla la opción de Facilidad de Conversión de Tasa de Interés, la cual permite cambiar una parte o la totalidad de los saldos adeudados de los préstamos con Tasa Basada en LIBOR, a una Tasa Fija de Interés, o viceversa, con la correspondiente modificación de las condiciones financieras de la operación;

Que, la indicada operación de endeudamiento externo ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento;

Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía...

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