INVESTIGACION, Nº 665-2016-CALLAO, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Sancionan con destitución a servidor judicial de la Tercera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao-INVESTIGACION- Nº 665-2016-CALLAO

Fecha de disposición29 Septiembre 2018
Fecha de publicación29 Septiembre 2018
SecciónSección Única

Sancionan con destitución a servidor judicial de la Tercera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao

INVESTIGACIÓN DEFINITIVA

N° 665-2016-CALLAO

Lima, dieciocho de julio de dos mil dieciocho.-

VISTA:

La Investigación Definitiva número seiscientos sesenta y cinco guión dos mil dieciséis guión Callao que contiene la propuesta de destitución del señor Pedro Mejía Menendes, por su desempeño como servidor judicial de la Tercera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao; remitida por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante resolución número diecisiete, de fecha veintinueve de marzo de dos mil diecisiete; de fojas doscientos treinta y seis a doscientos cincuenta y dos. La vista de la causa se realizó en sesión de fecha veinticinco de junio del presente año.

CONSIDERANDO:

Primero. Que en mérito de la queja verbal de fojas cuatro a cinco, el Magistrado de la Unidad de Investigación y Anticorrupción de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, toma conocimiento de la denuncia presentada por el señor Jack Minner Delgado Vargas en la cual se atribuye actos de corrupción cometidos por el señor Pedro Mejía Menendes, servidor judicial de la Tercera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao; por haber requerido al denunciante la suma de tres mil quinientos dólares americanos, a fin que lo favorezca en el Expediente número doscientos ochenta y seis guión dos mil siete, que se le sigue por el delito contra la libertad sexual (violación sexual de menor de edad), en agravio de la menor de iniciales J.R.P.A.G., a cargo -en ese entonces- de la Tercera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao; dinero que recibió en tres partes; siendo que el favorecimiento consistiría en que la requisitoria que tenía en su contra ya no existiría, evitar que esté preso cuando regrese a Perú, eliminar el historial total y no tener ningún problema respecto a la requisitoria; lo que importaría una vulneración a sus deberes previstos en el artículo cuarenta y uno, literal b), del Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial, respecto a cumplir con honestidad, dedicación, eficiencia y productividad, las funciones inherentes al cargo que desempeña, no olvidando en ningún momento que es un servidor de un Poder del Estado, incurriendo en faltas muy graves señaladas en los incisos uno y ocho del artículo diez del Reglamento del Régimen Disciplinario de los Auxiliares...

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