RESOLUCION, Nº 1358-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Disponen que se tenga por válida y efectiva la Res. N° 00532-2018-JEE-MOYO/JNE, que dispuso admitir y publicar solicitud de inscripción de la fórmula y lista de candidatos para el Gobierno Regional de San Martín-RESOLUCION-Nº 1358-2018-JNE

Fecha de disposición27 Septiembre 2018
Fecha de publicación27 Septiembre 2018
MateriaDerecho Público y Administrativo
SecciónSección Única

Disponen que se tenga por válida y efectiva la Res. N° 00532-2018-JEE-MOYO/JNE, que dispuso admitir y publicar solicitud de inscripción de la fórmula y lista de candidatos para el Gobierno Regional de San Martín

resolución nº 1358-2018-jne

Expediente Nº ERM.2018020392

SAN MARTÍN

JEE MOYOBAMBA (ERM.2018011568)

ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, treinta de julio de dos mil dieciocho

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Abraham Moisés Tello Chiong, personero legal alterno de la organización política Nueva Amazonía, en contra de la Resolución Nº 00536-2018-JEE-MOYO/JNE, del 5 de julio de 2018, que declaró improcedente su solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Regional de San Martin, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018; y oído el informe oral.

ANTECEDENTES

El 19 de junio de 2018, Abraham Moisés Tello Chong, personero legal alterno de la organización política Nueva Amazonía, presentó la solicitud de inscripción de la fórmula y lista de candidatos para el Gobierno Regional de San Martín (fojas 3 a 5).

Mediante la Resolución Nº 00345-2018-JEE-MOYO/JNE, de fecha 23 de junio de 2018 (fojas 305 a 307), el Jurado Electoral Especial de Moyobamba (en adelante, JEE), declaró inadmisible la solicitud de inscripción de la fórmula y lista de candidatos de la organización política Nueva Amazonía, y le concedió dos (2) días calendarios para subsanar las observaciones en ella indicadas, las mismas que fueron subsanadas mediante escrito de fecha 26 de junio de 2016.

Mediante la Resolución Nº 00532-2018-JEE-MOYO/JNE, de fecha 5 de julio de 2018 (fojas 366 a 369), el JEE decidió admitir y publicar la fórmula y lista de candidatos para el Gobierno Regional de San Martín, salvo la candidatura del consejero accesitario 1, por la provincia de Moyobamba, César Ulises Silva Guerra, la misma que fue declarada improcedente.

Con fecha 5 de julio de 2018 (fojas 370), el secretario jurisdiccional emitió Razón, a fin de dar cuenta al Pleno del JEE que el Acta de Elección Interna de la organización política Nueva Amazonía contiene dos (2) listas de postulantes para candidatos al Gobierno Regional de San Martín, de las cuales una de ellas es la ganadora, sin embargo, la forma como está compuesta dicha lista no se ajusta a lo establecido por el artículo 24 de la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas (en adelante, LOP).

En mérito de la Razón antes mencionada, mediante la Resolución Nº 00536-2018-JEE-MOYO/JNE, de fecha 5 de julio de 2018 (fojas 371 a 378), el JEE decidió declarar de oficio la nulidad de las Resoluciones Nº 00345-2018-JEE-MOYO/JNE y Nº 00532-2018-JEE-MOYO/JNE; retrotraer los actuados al estado anterior del error y declarar improcedente la inscripción de la lista de candidatos de la organización política Nueva Amazonía. El JEE consignó los siguientes fundamentos de su decisión:

  1. Que la lista ganadora que figura en el Acta de Elecciones Internas no ha considerado la representación proporcional a la que hace referencia el último párrafo de la LOP, por lo que la organización política Nueva Amazonía, en la elección, promulgación y presentación de la lista de candidatos al Concejo Regional de San Martín no ha respetado las normas de democracia interna,

  2. En la emisión de las...

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