RESOLUCION, Nº 1349-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Revocan resolución que declaró improcedente solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Distrital de San Felipe, provincia de Jaén, departamento de Cajamarca-RESOLUCION-Nº 1349-2018-JNE
Fecha de disposición | 27 Septiembre 2018 |
Fecha de publicación | 27 Septiembre 2018 |
Sección | Sección Única |
Revocan resolución que declaró improcedente solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Distrital de San Felipe, provincia de Jaén, departamento de Cajamarca
resolución nº 1349-2018-jne
Expediente Nº ERM.2018020159
SAN FELIPE - JAÉN - CAJAMARCA
JEE JAÉN (ERM.2018008806)
ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018
RECURSO DE APELACIÓN
Lima, treinta de julio de dos mil dieciocho
VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Pedro Hernando Vásquez Vega, personero legal titular de la organización política Alianza para el Progreso, en contra de la Resolución Nº 00201-2018-JEE-JAÉN/JNE, del 2 de julio de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Jaén, que declaró improcedente la solicitud de inscripción de la lista de candidatos de la citada organización política para el Concejo Distrital de San Felipe, provincia de Jaén, departamento de Cajamarca, en el marco del proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2018; y oído el informe oral.
ANTECEDENTES
El 19 de junio de 2018, Pedro Hernando Vásquez Vega, personero legal titular de la organización política Alianza para el Progreso, reconocido ante el Jurado Electoral Especial de Jaén (en adelante, JEE), presentó la solicitud de inscripción de la lista de candidatos al Concejo Distrital de San Felipe, provincia de Jaén, departamento de Cajamarca, a fin de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2018.
Mediante la Resolución Nº 00067-2018-JEE- JAÉN/JNE, del 22 de junio de 2018 (fojas 78 y 79), el JEE declaró inadmisible la referida solicitud de inscripción, disponiendo que se subsane la observación, al advertir que:
Como producto de la revisión minuciosa de la lista de ganadores de la elección interna, cuya solicitud se pretende inscribir como candidatos a las elecciones municipales del presente año, efectuada la consulta a la página web del Registro de Organizaciones Políticas, ninguno de los candidatos resulta estar afiliado a dicha agrupación política, hecho que también ocurre con los miembros del Órgano Electoral Descentralizado-OED, los cuales tampoco ostentan la condición de afiliados.
Siendo así, con fecha 28 de junio de 2018 el partido político presentó escrito de subsanación adjuntando las constancias de afiliaciones de los candidatos y de los miembros del Órgano Electoral Descentralizado, señalando que estas han sido remitidas en original al Registro de Organizaciones Políticas (en adelante, ROP) en virtud al recurso de apelación tramitado en el Expediente Nº J-2018-00201, el cual se resolvió mediante la Resolución Nº 00307-2018-JNE, del 21 de mayo de 2018...
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