RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 382-2018-MC, PODER EJECUTIVO, CULTURA - Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 27785-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 382-2018-MC

EmisorCULTURA
Fecha de la disposición24 de Septiembre de 2018

Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General, en el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 27785

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 382-2018-MC

Lima, 24 de setiembre de 2018

VISTO; el Memorando Nº 900393-2018/OGPP/SG/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, mediante Resolución Ministerial Nº 501-2017-MC de fecha 26 de diciembre de 2017, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de gastos correspondiente al Año Fiscal 2018 del Pliego 003: Ministerio de Cultura; asimismo, con Resolución Ministerial Nº 512-2017-MC de fecha 29 de diciembre de 2017, se aprobó el Plan Operativo Institucional 2018 Modificado del Pliego 003: Ministerio de Cultura;

Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego. Las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego se publica el diario oficial El Peruano;

Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General...

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