RESOLUCION, Nº 1102-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Confirman resolución en extremo que declaró improcedente inscripción de candidato a regidor para el Concejo Distrital de Breña, provincia y departamento de Lima-RESOLUCION-Nº 1102-2018-JNE
Emisor | JURADO NACIONAL DE ELECCIONES |
Fecha de la disposición | 23 de Septiembre de 2018 |
Confirman resolución en extremo que declaró improcedente inscripción de candidato a regidor para el Concejo Distrital de Breña, provincia y departamento de Lima
Resolución N° 1102-2018-JNE
Expediente N° ERM.2018019570
BREÑA - LIMA - LIMA
JEE LIMA CENTRO (ERM.2018013197)
ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018
RECURSO DE APELACIÓN
Lima, veintiséis de julio de dos mil dieciocho
VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Walter Arquímedes Cajo Vicuña, personero legal titular de la organización política Perú Patria Segura, en contra de la Resolución N° 00304-2018-JEE-LICN/JNE, del 27 de junio de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Centro, en el extremo que declaró improcedente la inscripción del candidato a regidor Ántero Zózimo Caballero Enrique para el Concejo Distrital de Breña, provincia y departamento de Lima, en el marco del proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2018.
ANTECEDENTES
Con fecha 19 de junio de 2018, Pedro Martín Sagástegui Bardales, personero legal titular de la organización política Perú Patria Segura, presentó la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Breña, provincia y departamento de Lima.
Mediante Resolución N° 00238-2018-JEE-LIMA CENTRO/JNE, de fecha 22 de junio de 2018, el Jurado Electoral Especial de Lima Centro (en adelante, JEE), calificó la solicitud de inscripción de candidatos y resolvió, en su artículo segundo, declarar inadmisible la solicitud de inscripción de lista de candidatos y en su artículo cuarto, requerir a Ántero Zózimo Caballero Enrique, cumpla con acreditar los dos años de domicilio previo y continuo, bajo apercibimiento de declarar improcedente su solicitud.
Con fecha 27 de junio de 2018, Walter Arquímedes Cajo Vicuña, personero legal presentó su escrito de subsanación, ocasión en que adjuntó copia legalizada del contrato de subarrendamiento y un contrato del subarrendador.
Así, mediante Resolución N° 00304-2018-JEE-LICN/JNE, de fecha 27 de junio de 2018, el JEE declaró improcedente la inscripción de Ántero Zózimo Caballero Enrique como candidato a regidor para el Concejo Distrital de Breña, por la organización política Perú Patria Segura, por no haber acreditado debidamente el tiempo mínimo de domicilio en el distrito de Breña.
Con fecha 5 de julio de 2018, Walter Arquímedes Cajo Vicuña personero legal titular interpuso el recurso de apelación contra la Resolución N° 00304-2018-JEE-LICN/JNE, bajo el...
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