RESOLUCION VICE MINISTERIAL, Nº 155-2018-VMPCIC-MC, PODER EJECUTIVO, CULTURA - Aprueban actualización catastral del polígono del Sitio Arqueológico Cerro Gallo, declarado como Patrimonio Cultural de la Nación mediante Resolución Directoral Nacional N° 565/INC-RESOLUCION VICE MINISTERIAL-Nº 155-2018-VMPCIC-MC

Fecha de publicación14 Septiembre 2018
Fecha de disposición11 Septiembre 2018

Aprueban actualización catastral del polígono del Sitio Arqueológico Cerro Gallo, declarado como Patrimonio Cultural de la Nación mediante Resolución Directoral Nacional N° 565/INC

resolución viceministerial

nº 155-2018-VMPCIC-MC

Lima, 11 de setiembre de 2018

VISTOS, el Informe N° 900195-2018/DGPA/VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble; así como los Informes N° 900239-2018/DSFL/DGPA/VMPCIC/MC y N° 000145-2018-VCV/DSFL/DGPA/VMPCIC/MC de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo previsto por el artículo 21 de la Constitución Política del Perú, los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que están debidamente protegidos por el Estado;

Que, asimismo el artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, modificado por el Decreto Legislativo N° 1255, dispone que es de interés social y de necesidad pública, la identificación, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes;

Que, conforme a lo previsto en el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, modificado por el Decreto Legislativo N° 1255, una de las funciones exclusivas del Ministerio de Cultura consiste en realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, de conformidad a lo previsto en el literal a) del artículo 14 de la Ley acotada, el Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, tiene entre sus competencias la de formular, coordinar, ejecutar y supervisar la política relacionada con el fomento de la cultura y la creación cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación, en concordancia con el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura (en adelante ROF), aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC;

Que...

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