RESOLUCION, Nº 000327, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO - Rectifican el Artículo 1° de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 000317-RESOLUCION-Nº 000327

EmisorGOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Fecha de la disposición11 de Septiembre de 2018

Rectifican el Artículo 1° de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 000317

Resolución Ejecutiva Regional

Nº 000327

Callao, 20 de agosto de 2018

EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO

VISTO:

La Resolución Ejecutiva Regional Nº 000317, de fecha 10 de Agosto de 2018; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Numeral 201.1 del Artículo 201º de la Ley Nº 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General, señala “Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión”;

Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 000317, de fecha 10 de agosto de 2018, se encarga a partir de la fecha hasta el 21 de agosto del presente año, las funciones administrativas de la Jefatura de la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones de la Gerencia General Regional y como Funcionario Responsable de la Elaboración y Actualización del Portal de Transparencia del Gobierno Regional del Callao, al Lic. Víctor Alipio Suelpres Jerez, Gerente General Regional, mientras dure el descanso vacacional solicitado por el Lic. Mario Lizardo Juan Sánchez Verme, la misma que deberá ser rectificada, al haber incurrido en error material en atención al período de encargatura, dice: hasta el 21 de Agosto del presente año, debe decir: hasta el 23 de Agosto del presente año;

Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones otorgadas por la Ley Orgánica de Gobiernos RegionalesLey Nº 27867;

SE RESUELVE:

Artículo 1º RECTIFICAR, el Artículo 1º de la...

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