RESOLUCION, Nº 0808-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Convocan a ciudadana para que asuma cargo de regidora del Concejo Provincial de Loreto, departamento de Loreto-RESOLUCION-Nº 0808-2018-JNE
Emisor | JURADO NACIONAL DE ELECCIONES |
Fecha de la disposición | 9 de Septiembre de 2018 |
Convocan a ciudadana para que asuma cargo de regidora del Concejo Provincial de Loreto, departamento de Loreto
Resolución N° 0808-2018-JNE
Expediente N° J-2018-00387
LORETO - LORETO
CONVOCATORIA DE CANDIDATO
NO PROCLAMADO
LICENCIA
Lima, diecisiete de julio de dos mil dieciocho
VISTO, el Oficio N° 345-2018-OSGYA-MPL-N, recibido el 11 de julio de 2018, a través del cual Vidal Camus Culqui, secretario general de la Municipalidad Provincial de Loreto, departamento de Loreto, comunica la licencia, sin goce de haber, de George Antonhy López Torres, regidor de la citada comuna.
CONSIDERANDOS
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Mediante el Decreto Supremo N° 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, el 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año.
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El literal a del numeral 4 del artículo 14 de la Ley N° 27683, Ley de Elecciones Regionales (en adelante, LER), dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones, la misma que tendrá eficacia a partir del 9 de junio de 2018.
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Asimismo, los literales b y c del numeral 4 del artículo 14 de la LER establecen que las autoridades municipales que deseen postular como autoridades regionales no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones, la misma que tendrá eficacia a partir del 9 de junio de 2018.
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De conformidad con los artículos...
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