DECRETO SUPREMO, N° 024-2018-EM, PODER EJECUTIVO, ENERGIA Y MINAS - Aprueban modificación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 103-DECRETO SUPREMO-N° 024-2018-EM
Emisor | ENERGIA Y MINAS |
Fecha de la disposición | 7 de Septiembre de 2018 |
Aprueban modificación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 103
DECRETO SUPREMO
Nº 024-2018-EM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, es política del Estado Peruano promover el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas sobre la base de la libre competencia;
Que, mediante el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, se regulan las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional;
Que, conforme lo establece el literal b) del artículo 6 concordado con el artículo 9 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, PERUPETRO S.A. se encuentra facultada a negociar, celebrar y supervisar, en su calidad de Contratante, los Contratos de Licencia, Contratos de Servicios y otras modalidades de contratación autorizadas por el Ministerio de Energía y Minas, para la realización de actividades de Exploración y Explotación de Hidrocarburos;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-2004-EM, se aprueba el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 103, ubicado entre las provincias de Alto Amazonas del departamento de Loreto y Moyobamba, Lamas, San Martín y Picota del departamento de San Martín; celebrado entre PERUPETRO S.A. y OCCIDENTAL PETROLERA DEL PERÚ, INC., SUCURSAL DEL PERÚ;
Que, a través del Decreto Supremo Nº 042-2006-EM, se aprueba la modificación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 103, con el objeto de reflejar en el citado Contrato: i) el cambio de denominación social de OCCIDENTAL PETROLERA DEL PERÚ, INC., SUCURSAL DEL PERÚ, a OCCIDENTAL PETROLERA DEL PERÚ, LLC, SUCURSAL DEL PERÚ, y ii) la cesión de posición contractual por parte de OCCIDENTAL PETROLERA DEL PERÚ, LLC, SUCURSAL DEL PERÚ a favor de REPSOL EXPLORACIÓN PERÚ, SUCURSAL DEL PERÚ, y PETROBRAS ENERGÍA PERÚ S.A., para cederles, a cada una de ellas, el treinta por ciento (30%) de su participación en el referido Contrato de Licencia;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-EM, se aprueba la modificación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 103, con el objeto de reflejar la sustitución del Garante Corporativo, condición...
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