RESOLUCION VICE MINISTERIAL, Nº 149-2018-VMPCIC-MC, PODER EJECUTIVO, CULTURA - Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a diversos bienes muebles-RESOLUCION VICE MINISTERIAL-Nº 149-2018-VMPCIC-MC

EmisorCULTURA
Fecha de la disposición29 de Agosto de 2018

Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a diversos bienes muebles

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL

Nº 149-2018-VMPCIC-MC

Lima, 29 de agosto de 2018

VISTOS, el Informe N° 900093-2018/DGM/VMPCIC/MC de la Dirección General de Museos e Informes N° 900081-2018/DRBM/DGM/VMPCIC/MC y N° 900037-2018-PTO/DRBM/DGM/VMPCIC/MC de la Dirección de Gestión, Registro y Catalogación de Bienes Culturales Muebles, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo previsto por el artículo 21 de la Constitución Política del Perú, los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que están debidamente protegidos por el Estado;

Que el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, modificado mediante Decreto Legislativo N° 1255, define como bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación a toda manifestación del quehacer humano -material o inmaterial- que por su importancia, valor y significado paleontológico, arqueológico, arquitectónico, histórico, artístico, militar, social, antropológico, tradicional, religioso, etnológico, científico, tecnológico o intelectual, sea expresamente declarado como tal o sobre el que exista la presunción legal de serlo. Dichos bienes tienen la condición de propiedad pública o privada con las limitaciones que establece la referida Ley;

Que, asimismo, el artículo IV del Título Preliminar de la precitada Ley señala que es de interés social y de necesidad pública la identificación, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes;

Que, el numeral 1.2 del artículo 1 de la referida Ley, establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación, los bienes materiales muebles, entre los que se encuentran: i) los bienes relacionados con la historia, en el ámbito científico, técnico, militar, social y biográfico, así como con la vida de los dirigentes, pensadores, sabios y artistas y con los acontecimientos de importancia nacional; ii) las inscripciones, medallas conmemorativas, monedas, billetes, sellos, grabados, artefactos, herramientas, armas e instrumentos musicales antiguos de valor histórico o artístico; y iii) los bienes de interés artístico como cuadros, lienzos, pinturas, esculturas y dibujos, composiciones musicales y poéticas hechos sobre cualquier soporte y en cualquier material;

Que, conforme a lo previsto en el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, modificado por el Decreto Legislativo N° 1255, una de las funciones exclusivas del Ministerio de Cultura consiste en realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, de conformidad a lo previsto en el literal a) del artículo 14 de la Ley acotada, concordado con el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, el Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, tiene entre sus competencias la de formular, coordinar, ejecutar y supervisar la política relacionada con el fomento de la cultura y la creación cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 65 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, la Dirección General de...

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