ORDENANZA, N° 478-MDA, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE ATE - Aprueban Plan de Implementación y Equipamiento del Observatorio Distrital de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad-ORDENANZA-N° 478-MDA

Fecha de disposición31 Agosto 2018
Fecha de publicación31 Agosto 2018
SecciónSección Única

Aprueban Plan de Implementación y Equipamiento del Observatorio Distrital de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad

ORDENANZA Nº 478-MDA

Ate, 27 de agosto del 2018

POR CUANTO:

El Concejo Municipal del distrito de Ate, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de agosto del 2018, presidida por el Teniente Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ate, Dr. Erasmo Lázaro Bendezu Ore, visto el Informe Nº 005-2018-MDA/GSC-OBDISEC del Jefe del Observatorio Distrital de Seguridad Ciudadana Ate; el Informe Nº 107-2018-MDA/GSC de la Gerencia de Seguridad Ciudadana; el Informe Nº 1215-2018-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Proveído Nº 1023-2018-MDA/GM de la Gerencia Municipal; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado mediante Ley Nº 30305 – Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con lo dispuesto en los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el Artículo 13º de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y modificatorias, establece que “Los Comités Regionales, Provinciales y Distritales son los encargados de formular los planes, programas, proyectos y directivas de Seguridad Ciudadana y ejecutarlos en sus jurisdicciones, en el marco de la política nacional diseñada por el Comité Nacional de seguridad Ciudadana (CONASEC)…”;

Que, los artículos 56º, 58º y 59º del Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, Reglamento de la Ley Nº 27933Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, establece:

Artículo 56 Observatorio Nacional de Seguridad Ciudadana

El Observatorio Nacional de Seguridad Ciudadana está a cargo de la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior. Se encarga de recopilar, procesar, sistematizar, analizar y difundir información sobre la inseguridad, violencia y delitos en el país, proporcionando información confiable, oportuna y de calidad que sirva de base para el diseño, implementación y evaluación de políticas, planes, programas y proyectos vinculados a la seguridad ciudadana. El financiamiento del Observatorio Nacional de Seguridad Ciudadana se efectuará con cargo al presupuesto asignado al Ministerio del Interior.

Artículo 58 Observatorios regionales, provinciales y distritales

La Gerencia Regional de Seguridad Ciudadana o la que haga sus veces es responsable de la constitución y administración de los observatorios que, en la medida de sus posibilidades, deberán cumplir las mismas funciones del Observatorio Nacional de Seguridad Ciudadana, adecuándolas a la realidad de sus circunscripciones territoriales. El financiamiento de la...

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